La empresa que quiere instaurar en Barcelona los pisos colmena, el modelo de habitáculos de 2,6 m2, tiene un nombre con aires de modernidad e innovación tecnológica, Haibu 4.0. Sus impulsores defienden que la propuesta ofrece una solución social para las personas con escasos recursos que tienen dificultades para acceder a una vivienda a precio de mercado. Se dirigen sobre todo a un público joven o de mediana de edad, de entre 25 y 45 años.
Desde que el Ayuntamiento de Barcelona precintó sus primeros habitáculos en el barrio de la Bordeta de Sants el septiembre pasado, por no contar con cédula de habitabilidad ni cumplir los requisitos mínimos para obtenerla, se muestran indignados con el consistorio. Desde su punto de vista, el Ayuntamiento coarta la libertad de la ciudadanía para elegir si quiere alquilar alguno de sus habitáculos, a un precio de entre 150 euros y 200 euros al mes. Además, a pesar de no contar con los permisos correspondientes, la empresa sigue anunciando la puesta en marcha de más habitáculos en Gràcia y Les Corts, sin dar la dirección exacta para eludir el precinto municipal.
Este es su punto de vista. Ahora toca juzgar si aceptamos su marketing de venta. El producto que nos ofrecen es el siguiente: habitáculos de 1,2 metros de altura, 1,2 de ancho y 2,2 metros de largo, es decir, donde una persona adulta no hay cabe de pie. Dentro del habitáculo, sólo se puede incluir una cama, con espacio para guardar las pertenencias debajo, una mesa, un baúl y estanterías. Para todo lo demás (aseos, la salita con microondas -no hay cocina, porque no hay salida de humos-, sala de estar, acceso a los suministros, utensilios de limpieza …), ya hay que salir a los espacios compartidos con inquilinos de los otros habitáculos.
Sólo un apunte como recordatorio: cuando en pleno boom inmobiliario, la entonces ministra de vivienda, María Antonia Trujillo, anunció en 2005 su propuesta de minipisos para jóvenes, varios sectores políticos, económicos y sociales ya la van criticaron duramente por no considerarla una alternativa de vivienda digna. Aquellos minipisos tenían unos 30 m2, los pisos colmena 2,8.
Y todavía otro apunte de épocas pasadas. En los inicios del franquismo, frente a las deficientes condiciones en que vivían muchas de las personas que habían emigrado del campo a la ciudad durante los años 20 y 30, se aprobó “La Orden de 29 de febrero de 1944, por la que se establecían las Condiciones Higiénicas mínimas que deben reunir las viviendas”. Pues bien, esta normativa franquista ya exigía que la altura entre el suelo y el techo de las casas fuera de almenos de 2,5 metros. En el caso de los pisos colmena, es de 1,2 metros.
Desde los años 80, las condiciones de habitabilidad son competencia autonómica, pero la orden de 1944 aún sigue vigente a día de hoy en las comunidades autónomas sin normativa propia. Así lo explican los investigadores y arquitectos Francesc Daumal, Marta Monzón y Belinda López-Mesa en el artículo “La Necesidad de conciliar la normativa de habilitabilidad con la rehabilitación acústica de la vivienda”.
En el caso de Catalunya, sí se cuenta con normativa propia. Los criterios generales están recogidos en la Ley catalana de 2007 del derecho a la vivienda, que posteriormente fueron desplegados y concretados por el Decreto 141/2012 de la Generalitat de Catalunya. Entre los requisitos que marca el decreto, más allá de la altura mínima de 2,5 metros, también se fija el espacio mínimo de las habitaciones según su número de inquilinos. En el caso de una habitación para una sola persona, la superficie mínima debería ser al menos de 5 m2, el doble de lo que plantea Haibu 4.0. Una vivienda también debe contar obligatoriamente con un baño, una sala de estar o cocina-comedor y un equipo de cocina con sistema de extracción de humos, además de estar dotado con todos los suministros (agua fría y caliente, sistema de evacuación de aguas, electricidad ….
Desde el punto de vista normativo, pues, queda demostrado que los pisos colmena no pueden ser considerados una vivienda digna. Como mucho, podrían ser considerados “techos bajo los que dormir”, pero el derecho a la vivienda digna va mucho más allá de eso. Lo recuerda también Naciones Unidas, a través de su programa ONU-Hábitat, cuando define las características que deben cumplirse para garantizar este derecho: las viviendas deben contar con espacio suficiente para los miembros del hogar, garantizar su seguridad física, ser accesibles, contar con los suministros básicos y no conllevar riesgos para la salud, entre otros.
Es de suponer que la empresa Haibu 4.0 conoce la normativa del mercado donde quiere operar. Así pues, ¿por qué está invirtiendo en un negocio consciente de que su oferta es actualmente ilegal? Su estrategia sólo se entiende si concebimos sus mensajes como un globo sonda para captar cuál será la aceptación de la ciudadanía de su modelo de habitáculos y, si tienen buena acogida, presionar después a la administración para que los deje operar bajo el pretexto de la libertad de elección del usuario.
La empresa tiene claro que su público potencial puede crecer. Según el portal inmobiliario Fotocasa, el precio del alquiler ha subido en Catalunya de un 49% entre los años 2013 y 2017. Por el contrario, la capacidad adquisitiva de la ciudadanía ha bajado de un 5,4% en Catalunya, según un informe reciente del Consejo Económico y Social de Barcelona (2010 a 2016). De hecho, Haibu 4.0 se inspira en los pisos cápsula que ya funcionan en algunos países asiáticos como China o Japón, especialmente en grandes ciudades como Hong Kong y Pekín, donde los precios del alquiler son desorbitados. En el caso de Tokio, son más habituales como fórmula de alojamiento para turistas, especialmente para jóvenes.
Que una empresa se plantee hacer negocio a costa de los más vulnerables sólo puede entenderse atendiendo al proceso de mercantilización del derecho la vivienda, que el Estado español ha experimentado intensamente durante las últimas décadas. Un proceso que ha llevado a la población española a asumir y, incluso, a naturalizar lo que de facto son anomalías del modelo de acceso a la vivienda, tal como describimos a continuación.
Primera anomalía: para acceder a un derecho social básico como la vivienda hay que endeudarse para comprar un piso de propiedad
Esta anomalía se empezó a forjar a finales del franquismo, durante la década de los 60. En esa época, el régimen trasladó las personas que aún vivían en barrios de chabolas, la mayoría procedentes de la ola migratoria de los años 60, a barrios periféricos que carecían de los servicios más básicos, donde el régimen construyó grandes bloques de viviendas en condiciones precarias. Es el denominado “chabolismo vertical”. Paralelamente, se comenzó a promover el acceso masivo de la población a pisos en propiedad, a partir de la denominada Ley de la propiedad horizontal de 1960, que incentivó la construcción de bloques de viviendas, promoviendo la liberalización del suelo para ponerlo a manos de promotoras privadas.
Para vender los pisos, el régimen comenzó a facilitar el acceso al crédito a la población a través del Banco Hipotecario Español. De esta época, es la célebre frase del ministro franquista de vivienda, José Luis Arrese: “Queremos un país de propietarios y no de proletarios”. El régimen estaba convencido de que la necesidad de pagar la hipoteca haría menos propensa a la población a la revuelta social. Así, mientras se fomentaba la cultura de la propiedad, se desincentivó la alternativa del alquiler con una ley de arrendamientos urbanos que provocó la contracción de la oferta por la congelación de precios.
Este modelo de funcionamiento se reprodujo durante el boom inmobiliario de la década 1997-2007, con la diferencia que, en esta época, ya eran entidades financieras privadas y no públicas las que concedían préstamos hipotecarios. Durante esta década, se produjo una superproducción inmobiliaria, gracias al aumento del suelo edificable, que conllevó la “Ley del todo urbanizable” de 1998, impulsada por José María Aznar. El precio de las viviendas subió a razón de un 10% anual en todo el Estado y se doblaron en ciudades como Barcelona y Madrid, lo que llevó a la ciudadanía a pedir hipotecas por importes cada vez más altos y por períodos cada vez más largos, tal como alertó el ex Relator de Naciones Unidas para una vivienda adecuada, Millon Kothari, después de visitar España en 2006.
Tampoco se fomentó la alternativa del alquiler, ya no por la contracción de la oferta como ocurría durante el franquismo, sino porque los precios se dispararon tras el denominado “Decreto Boyer” de 1988, que liberalizó el mercado de la arrendamiento. Así pues, la ciudadanía no veía en el alquiler una alternativa rentable.
Segunda anomalía: Si no puedes pagar, no tienes derecho a la vivienda
Aunque el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ha advertido reiteradamente en España que los poderes públicos tienen la obligación de facilitar alternativas habitacionales a las personas en situación vulnerable, la realidad es que en España asistimos a una crisis de desahucios sostenida en el tiempo. Muchas personas tienen que buscarse la vida como pueden, en casas de familiares o amigos, ocupando viviendas vacías por necesidad o, en el peor de los casos, en la calle.
La fuerte ola de ejecuciones hipotecarias y desahucios que arrancó en 2008 con el estallido de la burbuja inmobiliaria y el inicio de la crisis económica, aunque no se ha detenido 11 años después. Cataluña la sufre con especial intensidad: concentra 1 de cada 5 desahucios de todo el Estado.
Desde el año 2008 hasta el tercer trimestre de 2018, se han producido en Catalunya 29 desahucios al día de media (114.123 en total), según datos del Consejo General del Poder Judicial. Actualmente, los desahucios se mantienen a niveles casi tan elevados como en el año 2013. El año 2017 finalizó con 13.308 desahucios en Catalunya, frente a los 16.008 del año 2013, y en los tres primeros trimestres de 2018, se produjeron 10.508. La diferencia es que actualmente la mayoría de desahucios son por alquiler (65% en Catalunya en el año 2017), mientras que al inicio de la crisis el gran grueso correspondía a ejecuciones hipotecarias.
Con el estallido de la burbuja inmobiliaria, los bancos comenzaron a restringir el acceso al crédito hipotecario y entonces más personas se decantaron por el alquiler, una opción hasta entonces marginal en España. Pero, entonces el precio de los alquileres no tardó en dispararse, no sólo por el aumento de la demanda, sino sobre todo por la reforma de la ley de arrendamientos urbanos de 2013 -que acortó los contratos de 5 a 3 años -, por la especulación inmobiliaria en el mercado de alquiler y por la presión al alza de los pisos turísticos sobre el conjunto de los arrendamientos. El resultado es que, en lugar de hacer frente a los desahucios, hemos cambiado la causa por la que se producen.
Tercera anomalía: vivir en el centro de una gran ciudad como Barcelona es un lujo, sobre todo cerca del centro
Muchas personas jóvenes que se habían criado en Barcelona o, en general, muchos vecinos y vecinas que vivían de alquiler en diferentes barrios de la ciudad se han visto obligadas a emigrar a las periferias urbanas y municipios de la primera corona o segunda corona metropolitanas. Han tenido que asumir por fuerza que vivir en Barcelona es un lujo, reservado a las personas con gran poder adquisitivo o los turistas que están de paso. Estos son los segmentos de población que cada vez predominan más en el centro de la ciudad y los barrios del entorno, conviviendo con aquellos que, hace unos años, tuvieron la suerte de terminar de pagar su piso en propiedad. Si en 2013, un piso medio de 80 m2 costaba en Cataluña 666 euros al mes, el año 2017 ya se había elevado hasta 991 euros mensuales, según Fotocasa.
Frente a estas críticas, algunas voces del sector inmobiliario defienden que este es un proceso natural fruto de la internacionalización de Barcelona, que ya se da en otras ciudades europeas como Londres o París y que no podemos estar en contra del progreso. Si bien es cierto que de otras grandes capitales europeas tienen un problema de encarecimiento de la vivienda en los centros urbanos, también lo es que cuentan con políticas de vivienda social mucho más avanzadas que las nuestras. Si en España menos del 2% del parque inmobiliario está formado por vivienda social, el Reino Unido y Francia, estos porcentajes son del 18% y el 17%, respectivamente. En Holanda, el porcentaje se eleva hasta el 32%, según datos de The Housing Europe Review (2012).
El problema es que en España llueve sobre mojado. Se están sufriendo los efectos del capitalismo global sobre el derecho a la vivienda en un contexto en el que, a diferencia de otros estados europeos, no existen políticas públicas de vivienda arraigadas y consolidadas.
La cuarta anomalía que podemos evitar: los pisos colmena
Una oferta como los pisos colmena podría parecer estrafalaria e inofensiva en un contexto normalizado, donde la población no se hubiera visto forzada a asumir anomalías como las anteriores. Pero, desgraciadamente, no podemos trivializar la amenaza que representan frente al empobrecimiento progresivo de la ciudadanía.
Todavía hay esperanza. En estos momentos, hay una lucha de relatos sobre la vivienda, entre los que lo consideran un derecho social y los que quieren perpetuarse como bien de mercado. Los movimientos sociales como la PAH o el Sindicato de Inquilinas son conscientes de que hay que mantener y aumentar su incidencia social, política y mediática. Lo han demostrado consiguiendo la obligatoriedad de destinar un 30% de las promociones privadas a vivienda social en Barcelona, que ahora quieren extender a más municipios. Y lo han vuelto a hacer recuperando la mayor parte de los contenidos de la Ley 24/2015 para hacer frente a la emergencia habitacional y la pobreza energética, que vuelven a estar en vigor tras la retirada del recurso al Constitucional por parte del gobierno español.
Por el contrario, la empresa Haibu 4.0 aún sigue lanzando globos sonda, porque todavía no está segura de si calará su estrategia de marketing. Esperamos que se quede en un intento y que no acabe triunfando un relato que podríamos considerar como propio del “neoxabolisme” del siglo XXI, una versión modernizada y tecnificada del chabolismo de mediados del siglo pasado, donde ya no hay que construirse la propia chabola, sino que lo hace el sector privado para nosotros y cada usuario puede elegir “entrega” por Internet cuál es la oferta que prefiere. La mejor receta para contrarrestarlo: más vivienda social y un mayor regulación del precio del mercado de la vivienda.