Amnistía Internacional (AI) vuelve a poner el punto de mira en España. En el informe ‘Tuitea… si te atreves’, publicado este martes, la ONG denuncia “el uso del enaltecimiento del terrorismo” en España por “reprimir la libertad de expresión”. Desde Amnistía advierten que casos como el del rapero Pablo Hasel o la tuitera Cassandra Vera muestran una “intolerancia creciente y peligrosa” hacia cualquier manifestación. “Enviar cantantes de rap a prisión por la letra de sus canciones y prohibir la sátira social demuestra hasta qué punto se han reducido en España los límites de la expresión aceptable online”, declaran desde Amnistía Internacional.
“Rapear no es un delito, tuitear un chiste no es terrorismo y hacer una representación con títeres no debería llevar a nadie a la cárcel. Los gobiernos deben defender los derechos de las víctimas del terrorismo en lugar de sofocar la libertad de expresión en su nombre. La draconiana ley española debe ser derogada y deben retirarse todos los cargos formulados sólo para expresarse pacíficamente” añaden desde Amnistía.
La ONG explica que desde 2011 ha aumentado de 3 a 39 el número de personas procesadas en virtud del artículo 578 del Código Penal, además de 70 declaradas culpables en los últimos dos años. Según AI este artículo, que prohíbe el enaltecimiento del terrorismo y la humillación de las víctimas de delitos de terrorismo, se está utilizando para “reprimir las expresiones de índole política”, sobre todo en las redes sociales y a la comunidad artística. Para AI este es un aspecto “especialmente preocupante” de las restricciones de la libertad de expresión en aplicación de esta ley.
“En España se está atacando la libertad de expresión, el Gobierno somete a hostigamiento toda una serie de expresiones en Internet -desde letras de canciones políticamente controvertidas hasta chistes- utilizando categorías generales de enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas de delitos terroristas” denuncian en el informe. Alertan también que personas usuarias de redes sociales, periodistas, profesionales de derecho y artistas musicales han sido procesadas en virtud del artículo 578 del Código Penal. Amnistía Internacional concluye que la reforma del Código Penal provoca “un impacto devastador” para quienes han sido encausados, “desde abundantes multas hasta largos períodos de exclusión del sector público, pasando por las penas de prisión”.
Si bien esta disposición se introdujo en el año 2000, no es hasta hace tres años, después de la reforma de 2015 del Código Penal, que han aumentado los procesamientos y las sentencias condenatorias derivadas de su aplicación. El resultado, según AI, es “una autocensura cada vez mayor” y, en general, un “efecto inhibitorio” en la libertad de expresión en España. Al utilizar de esta manera el artículo 578, según AI, “las autoridades indican a toda la sociedad que no se tolerarán ciertas formas de discrepancia, así como el cuestionamiento y las perspectivas alternativas”. Además, el aumento de los procesamientos en virtud del artículo 578 se produce en un contexto en el que “el espacio para expresar la discrepancia en España se reduce con rapidez”.
También alertan de que, a diferencia de las leyes sobre incitación directa, las disposiciones como el artículo 578 son “generales e imprecisas” y dan a los Estados “el poder de criminalizar un gran abanico de expresiones que no tienen el grado necesario para constituir incitación”. Por ello recomiendan derogar el artículo 578 del Código Penal y garantizar que sólo se penalicen las expresiones que “animen a otras personas a cometer un delito reconocible con la intención de incitarlas o cometer determinado acto y con una probabilidad razonable de que lo lleven a cabo, cuando exista una relación causal clara entre la declaración y el delito”.
Desde Amnistía también piden que se garantice que ninguna disposición del Código Penal penalice expresiones que no representan “apología del odio nacional, racial o religioso” que constituya “incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia” y que no se detenga, investigue, procese o encarcele a ninguna persona en aplicación del artículo 578. También piden que se retiren los cargos contra cualquier persona por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, así como “la libertad inmediata y incondicional “de todas las personas encarceladas y detenidas por este artículo.


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