La Ley de Accesibilidad, largamente esperada y reclamada por parte de las entidades de la discapacidad, ya nació con mal pie. El Parlament de Catalunya la aprobó el 15 de octubre de 2014, el presidente Artur Mas la promulgó el 30 de aquel mes, y se publicó al DOGC el 4 de noviembre. Faltaban, pues, escasos días para el primer 9-N (la consulta inclusiva del Sí-Sí, Sí-No o No de 2014), y la prensa prácticamente no hablaba de nada más. Como muestra, en el diario catalán de mayor tirada no se encuentra ningún rastro sobre la Ley de accesibilidad durante los días posteriores a su aprobación y promulgación.

Esta ley iba mucho más allá de lo que hasta entonces se había entendido por accesibilidad. No hablaba (o de hecho, no habla) únicamente de barreras arquitectónicas, que también, sino que el concepto se ampliaba, recogiendo el espíritu de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006). La ley establece, por ejemplo, que cualquier producto de consumo tiene que incorporar criterios de diseño universal (cosas como que una persona sordociega tiene que poder identificar la fecha de caducidad de un producto), o que las empresas que ofrecen servicios públicos (luz, agua, gas, educación, sanidad, etc) tienen que informar de todos ellos mediante técnicas accesibles (lectura fácil para las personas con discapacidad cognitiva, braille por las personas ciegas, letra ampliada por las personas con dislexia).

La ley contempla muchas más medidas, a fin de que la sociedad sea cada vez más accesible y por lo tanto se facilite y fomente la autonomía de las personas con discapacidad. Por ejemplo, la ley dice que los medios audiovisuales tendrán que incorporar de manera progresiva los sistemas de interpretación de la lengua de signos, de audiodescripción y de subtitulación. O que las entidades financieras tienen que ofrecer sistemas tecnológicos accesibles (cajeros automáticos, banca en línea, etc.) que a la vez garanticen la confidencialidad de los datos de los usuarios. O que no sólo los edificios públicos, sino que también los privados tienen que garantizar el acceso en cualquier zona comunitaria. O que los espacios naturales tienen que contar con caminos (siempre que se pueda) y servicios accesibles.

Sanciones de 300 a 300.000 euros

Las administraciones públicas están obligadas a elaborar planes de accesibilidad para sus edificios, servicios, transportes, comunicaciones, productos, y cada municipio tiene que hacer también su propio plan, cosa que hasta ahora han hecho muy pocos, entre los cuales sobresale el Plan 2018-2026 del Ayuntamiento de Barcelona. Además, la ley contempla sanciones por todo tipo de supuestos, que pueden ir de 300 euros (sanción leve) a 300.000 (muy grave). Por ejemplo, hacer un uso fraudulento de una tarjeta de aparcamiento de persona con discapacidad se considera una infracción leve, mientras que “tratar a los usuarios sin la consideración o el respeto debidos a su dignidad, intimidad o situación psíquica y física, o de una manera discriminatoria, sea de palabra, sea por acción, sea por omisión” se considera muy grave.

La ley 13/2014, de 30 de octubre dice en su disposición final tercera que “el Gobierno tiene que aprobar en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley el decreto de despliegue que determine los requisitos, los parámetros y los criterios para cumplir las condiciones de accesibilidad”. Este reglamento tiene que contemplar “las especificaciones que tienen que tener los entornos, los procesos, los productos y los servicios para ser accesibles o practicables y los criterios para determinar los ajustes razonables que sean exigibles en función de las circunstancias concurrentes”. Es decir, sin el reglamento la ley y sus sanciones son papel mojado, y pronto hará dos años que el reglamento se tendría que haber aprobado, según establece la ley.

¿A exposición pública en septiembre?

El pasado 12 de julio una delegación del Cocarmi (Comité Catalán de Representantes de Personas con Discapacidad) se reunió con el nuevo conseller de Treball, Afers Socials i Famílies, Chakir el Homrani. Hubo otros temas de conversación, pero el primero que le pusieron sobre la mesa fue precisamente el retraso de este reglamento que hace dos años que se tendría que haber aprobado. Según fuentes asistentes a la reunión, el conseller les aseguró que la razón del retraso era que se trata de un decreto que equivale a ocho por su complejidad, pero que en septiembre entraría ya a exposición pública. De hecho, afirman estas fuentes, durante todo este tiempo se ha sido trabajando en él, con la participación de las entidades.

El Cocarmi informó de la reunión y de la reivindicación aquel mismo día, mediante nota de prensa. El departamento no lo hizo, si bien sí que informó de otro encuentro del conseller con la Mesa de Ciudadanía e Inmigración, así como de la firma de un contrato-programa entre el departamento y las entidades municipalistas, que también tuvo lugar aquel día, y por el cual se destinarán 230 millones de euros a servicios sociales y políticas de igualdad. En consecuencia, el eco mediático de esta primera reunión entre el conseller y el sector de la discapacidad fue prácticamente nulo, en sintonía con todo aquello que tiene que ver con el derecho a la accesibilidad universal, un derecho sorprendentemente invisible y por tanto inaccesible, a pesar de que lo avala Naciones Unidas y afecta a todas las personas, pero en especial aquellas que tienen alguna discapacidad, que no son pocas.

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Periodista i professor de secundària (anglès i història). Exdirector del Diari de l'Educació i secretari de la Fundació Periodisme Plural. Autor de 'La Catalunya més fosca' (Ed. Base)

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