¿Qué es una guerra? No se puede negar que país o región devastado por la violencia, por los desplazamientos forzados de población que buscan huir de un escenario que se cobra vidas, ya sea por cuestiones de soberanía, explotación económica, poder o corrupción, sufre un conflicto. Conflicto sí, pero ¿guerra? ¿Cuáles son las diferencias entre guerra, guerra civil, conflicto armado, o simplemente, situaciones de violencia?.
Es el derecho internacional el que marca estas fronteras. Si bien el estado de sitio por la persecución de las Maras en países como Honduras o El Salvador, no cambiará si la ONU califica la situación como una guerra, sí hay una diferencia significativa para las personas que decidan cruzar frontera para huir de la violencia. Y es que no es lo mismo, a ojos de los Estados y de la política internacional, pedir asilo o protección si se procede de Siria que de Honduras.
Aunque la vida de la persona vale lo mismo, el trámite es diferente. Y el número de solicitudes que son aprobadas también varía. Ninguna solicitud de protección internacional fue aprobada durante el 2017 en España para personas que huían de El Salvador o de Honduras. ¿El motivo? “España considera la violencia de las bandas como una cuestión interna de seguridad ciudadana de estos países, a los que considera capaces de proteger a sus habitantes, cuando está claro que no es así”, apunta Gisela Cardús. Es abogada especializada en migraciones internacionales de la Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado (CCAR) y centrada en los desplazamientos de personas provenientes de conflictos no considerados una guerra.
Esta situación, común en América Latina, la llevó a participar del ciclo de charlas ‘Violencias fuera de contextos bélicos’ organizada por el ICIP.
¿Cuáles son las diferencias de huir de una guerra o de un conflicto de violencia interna a la hora de pedir asilo?
La primera diferencia la encontramos en la llegada. Las personas que huyen de un conflicto armado interno llegan mayoritariamente vía aeropuerto. Esto complica un poco las cosas, porque pedir asilo en frontera (que sería el caso de los aeropuertos) da menos tiempo para estudiar las solicitudes de protección internacional. Si se inicia el procedimiento en frontera, te retienen y los tempos son más estrictos, por lo tanto la resolución se hará más rápidamente. Esto dificulta presentar las pruebas necesarias para justificar la necesidad de protección internacional y explicar bien el relato para sustentar la situación de amenaza que te ha hecho huir de tu país.
Además, este procedimiento normalmente no se hace en unas condiciones psicológicas estables: muchas personas vienen con traumas considerables que los incapacitan a explicar los motivos de la huida y persecución mientras están retenidos en la frontera. Necesitan tiempo y asesoramiento. Y esto nos lleva al segundo gran problema: el desconocimiento. Muchas de las personas que huyen lo hacen sin saber que pueden solicitar protección internacional. Son muchos, mayoritariamente de Honduras, El Salvador o Venezuela los que acaban estando años en situación irregular hasta que, de una manera u otra, terminan poniéndose en contacto con una organización que les cuenta su derecho a pedir protección.
¿Pasar años viviendo en un país en situación de irregularidad dificulta pedir asilo posteriormente?
La ley de asilo dice que tienes que solicitar la protección internacional en un mes. A nivel práctico no son tan estrictos; puede pasar más tiempo si se justifica el desconocimiento, pero definitivamente tu credibilidad se ve muy disminuida.
¿Consideraría que en los aeropuertos los agentes de la Guardia Civil están cualificados para atender las peticiones de asilo?
Nos quejamos mucho de la falta de calificación de las autoridades y personas que atienden a los solicitantes que desconocen los procedimientos. Porque el primer impedimento es que la persona sepa que puede pedir asilo. Si no lo dice, es devuelto directamente al país de origen. Sólo se activa el procedimiento cuando la persona lo solicita. Reclamamos pues, más formación para los agentes, tanto de frontera como de territorio, sobre la situación de los países de origen de las personas que huyen para que puedan tener más sensibilidad.

¿Qué dificultades tienen las personas provenientes de países en conflicto que no están reconocidos como guerra cuando piden protección internacional?
En los casos de Honduras y El Salvador, por ejemplo, en 2017 no se reconoció ninguna solicitud de protección internacional. Se estudiaron 60 resoluciones de El Salvador y 30 de Honduras, en todos los casos la respuesta fue negativa, siendo España es el primer país europeo en solicitudes de protección internacional de personas procedentes de estos países. En 2017 hubo 1.1120 de El Salvador y 970 de Honduras (frente las 425 y 385 que se recibieron en 2016, respectivamente).
¿Por qué se denegaron?
Hasta ahora las autoridades españolas consideraban que la persecución y violencia de las maras era una cuestión de seguridad ciudadana, de delincuencia común, y que, por tanto, no era un motivo suficiente para conceder protección internacional. La Convención de Ginebra de 1951 establece los motivos por los que puedes pedir asilo: debes tener y demostrar persecución en el país de origen por motivos de opinión política, pertenencia a un grupo social determinado, por nacionalidad, étnico, religión, orientación sexual o género. El estado español considera que la violencia de las Maras sufrida por hondureños y salvadoreños no es persecución.
Así, cree que los Estados son capaces de proteger a sus ciudadanos y que, por tanto, tienen que pedir protección en un desplazamiento interno. Lo que no entienden es que la persecución de las Maras y las bandas llegan a cada rincón de estos países.
¿Desde el CCAR tienen alguna campaña de concienciación de la situación de estos países?
Hemos empezado una campaña de divulgación concentrada en los motivos de persecución en estas zonas que ha derivado en un cambio de criterio judicial que es esperanzador. En 2017, la Audiencia Nacional estudió una resolución de petición de asilo que fue denegada por el Ministerio de Interior y, por primera vez, concedió protección internacional a unas personas de El Salvador. Es un cambio de criterio judicial esperanzador.
Pero es una noticia positiva sólo en parte, ya que los cambios se dan sólo cuando llevas los casos al plano jurídico, pero las decisiones de Interior continúan siendo negativas. Elevar el caso a lo judicial supone mucha espera, hasta dos años si se llega a la Audiencia Nacional. Y en todo este proceso se está en situación de irregularidad.
Este verano se sancionó a España por no acoger a todas las personas que fijó la Unión Europea. Poco después llegaron varios barcos que, ya bajo gobierno socialista de Pedro Sánchez, que atracaron en costas españolas. ¿Considera estas decisiones políticas electoralistas o parte del cambio de criterio que comentaba antes?
Nosotros reclamamos que estas decisiones se tomen con todos los solicitantes de asilo. Está muy bien el sistema de acogida y la coordinación de entidades que se dio con la llegada del barco del Open Arms. Hubo muchos medios y efectivos, pero no pasa en el resto de casos, donde no existe la prensa. Recordemos que el mayor volumen de personas no llega en estos barcos, vienen muchas más personas de la frontera sur y el tratamiento no es el mismo, a pesar de tener el mismo derecho a solicitar asilo.
Hungría fue sancionada por la UE, en parte, por sus políticas migratorias y el cierre de fronteras. Como lo valora?
La UE externaliza la gestión de sus fronteras. Lo vimos con el acuerdo con Turquía, para que hicieran de gendarmes y que no cruzaran la frontera. También lo hemos visto con el acuerdo entre Italia y Libia. Al igual que con todos los acuerdos con estados africanos en materia de cooperación, que acaban siendo un contrato para que las fronteras se cierren en origen. Tenemos que intentar buscar vías seguras y legales para que las personas lleguen a destino. Podemos cerrar las fronteras, pero la gente continuará huyendo y viniendo, no tenemos que hacer que arriesguen su vida más de lo que ya lo hacen.


