Entre la sobredosis de información en una situación tan excepcional como es la pandemia y el confinamiento, es fácil que existan colectivos cuya voz queda invisibilizada en el rápido devenir de los acontecimientos. Uno de los espacios más opacos de la sociedad y de los que menos se habla son las cárceles. ¿Qué está pasando en ellas durante los meses de pandemia?

Si ya en el imaginario colectivo es difícil situar cómo es la vida dentro de la cárcel, imaginar cómo es la vida en la cárcel en pandemia es todavía más complicado. A diferencia del Antiguo Régimen, donde el juicio era secreto y el castigo sobre el cuerpo se podía expresar como una especie de espectáculo público en las plazas de las ciudades y pueblos, ahora el juicio es público y es castigo es secreto. La vida carcelaria se encuentra tradicionalmente con los muros de una gran opacidad y falta de transparencia.

Las situaciones experimentadas en Italia y en Argentina, así como las peticiones de organizaciones de defensa de los Derechos Humanos, deberían marcar el camino de las instituciones para garantizar el derecho a la salud y a la comunicación de las personas condenadas. Podemos saber como es un país viendo como son sus cárceles.

Italia: virus y motines

En las cárceles italianas, hasta el mes de abril, se registran entre los internos 94 casos positivos de Covid-19, de los cuales 11 fueron internados en hospitales, 83 en aislamiento sanitario en cárcel y 19 curados. Los muertos fueron tres: dos en centros penitenciarios y uno en las llamadas Rems (Residencias de Ejecución de Medidas de Seguridad). Entre el personal penitenciario había en ese momento 204 casos positivos.

El número de detenidos en las prisiones de Italia llegó a menos de 55.000 (a principio de febrero eran 61.200), aunque este número denota todavía una sobrepoblación carcelaria preocupante con relación a la trasmisión del virus. La capacidad carcelaria italiana está predispuesta para contener poco más que 50.000 personas, aunque ahora con la emergencia sanitaria este espacio disminuye porque hay lugares que son inhabitables.

Al mismo tiempo se pide mantener la distancia y las medidas de seguridad e higiene contra el virus, pero en muchos casos resulta difícil: en algunas instituciones se registra una sobrepoblación del 190%, en las cuales viven tres personas en la misma celda de 12 metros cuadrados. Además, como expone la asociación Antigone, después de haber visitado cien centros en 2019, casi la mitad de ellos presentaban celdas sin agua caliente, duchas ni productos higiénicos. Para denunciar las situaciones precarias del ambiente carcelario, empeoradas con la pandemia, y para pedir mejores condiciones, hubo manifestaciones y motines en 49 centros, con 14 muertos y varias personas heridas que fueron trasladadas a hospitales.

Esta crisis, resaltada por el virus, pone en claro con más ímpetu la precariedad y las problemáticas existentes que se viven diariamente en el ambiente carcelario

En la cárcel de Santa Maria Capua Vetere (cerca de Caserta), los presos, después de haber sabido que un detenido era positivo, empezaron una revuelta pidiendo equipos de protección individual y material de higiene. Durante la tarde del mismo día, unos 400 agentes penitenciarios entraron en las celdas y en los espacios comunes y golpearon, en algunos casos de forma muy violenta, a los detenidos. Esta crisis, resaltada por el virus, pone en claro con más ímpetu la precariedad y las problemáticas existentes que se viven diariamente en el ambiente carcelario, entre las cuales se señalan el aislamiento, la falta de artículos de primera necesidad, el espacio y las estructuras adecuadas para vivir en el contexto de encierro.

En 2013 con la Sentenza Torreggiani, el Tribunal Europeo para los Derechos Humanos (TEDH), condenó a Italia por violar el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos, con relación a la sobrepoblación carcelaria: algunos presos denunciaron tener a disposición solo 3 m² para cada uno en el interior de la celda.

Ya en 2003 hubo denuncias de parte de internos por las condiciones padecidas y en 2009 hubo otra denuncia del TEDH. Para evitar la condena definitiva, disminuyeron las personas encarceladas, aunque el número todavía no era suficiente para garantizar su bienestar. En los años siguientes, el número de personas en la cárcel fue nuevamente aumentando y solo ahora, en respuesta a la emergencia, se pone de nuevo atención a la sobrepoblación y las consecuencias que comporta.

Mirando al Sur: el caso de Argentina

La cárcel presenta sus particularidades en Argentina. Como institución total globalizada en un margen del mundo occidental, la violencia se ve acentuada por la falta de recursos y las políticas neoliberales históricamente aplicadas en la región latinoamericana. Las condiciones deficientes de salubridad e higiene son una constante en los sistemas carcelarios de la región, con graves situaciones de hacinamiento.

En Argentina la sobrepoblación de las cárceles federales superó el 12% en marzo de 2019, tal como fue reconocido por el Ministerio de Justicia del país al declarar la emergencia penitenciaria. En las demás cárceles -que dependen de cada provincia- la situación es mucho más alarmante, especialmente en la provincia de Buenos Aires. Allí la infraestructura carcelaria aloja a casi 50.000 internos, cuando la capacidad del sistema es de apenas 25.000. El riesgo de propagación del virus en las cárceles argentinas es exponencial, dada la sobrepoblación, el hacinamiento y las pésimas condiciones de salubridad.

Frente a la crisis de la Covid-19, la Corte Interamericana de Derechos Humanos instó a los estados a reducir la sobrepoblación en los centros de detención como una medida de contención de la pandemia. En particular, recomendó reevaluar las prisiones preventivas, valorar la posibilidad de otorgar medidas alternativas a las personas consideradas en grupos de riesgo y las que estén prontas a cumplir la pena, adecuar las condiciones de detención y prevenir actos de violencia.

Aún en este contexto de emergencia, ha habido una gran resistencia mediática, política y judicial a adoptar medidas de prevención, por lo que no se ha logrado una solución de tipo colectivo

Aún en este contexto de emergencia, ha habido una gran resistencia mediática, política y judicial a adoptar estas medidas, por lo que no se ha logrado una solución de tipo colectivo. Un ejemplo de ello fue la suspensión de una sentencia de habeas corpus colectivo que tuvo lugar en la provincia de Buenos Aires, para que se otorgaran excarcelaciones o prisiones domiciliarias a unos dos mil presos, si bien no se dejaron sin efecto las libertades ya dispuestas.

Por otra parte, la Cámara Federal de Casación emitió una recomendación a los tribunales para que adopten alternativas al encierro carcelario como la prisión domiciliaria, para personas que hayan cometido delitos no violentos, cuando no se constate un riesgo de fuga; personas cercanas a cumplir la pena, y quienes se encuentren en grupos de riesgo. También la Cámara de Casación de la capital encomendó a los jueces colaborar con la disminución de la sobrepoblación. Si bien estas decisiones generaron una tendencia a la revisión caso por caso en los tribunales, algunos jueces cuestionaron la validez de estas indicaciones.

La situación de emergencia supuso un endurecimiento de las condiciones de detención: se suspendieron las salidas transitorias y el derecho a visitas y todas las personas que ingresan deben permanecer catorce días en aislamiento

En el contexto catastrófico de hacinamiento en las cárceles, los protocolos de prevención son insuficientes. Para quienes están detenidos, la situación de emergencia por la pandemia supuso un endurecimiento de las condiciones de detención. Como primera disposición, se suspendieron las salidas transitorias y el derecho a visitas. En muchos casos, las medidas de prevención implicaron serias restricciones para quienes se encuentran en grupos de riesgo, mientras que todas las personas que ingresan como detenidas a un centro penitenciario deben permanecer catorce días en aislamiento.

El derecho a la comunicación se ve afectado por la suspensión de las visitas. En algunos casos se habilitó el uso de teléfonos móviles para paliar esta situación. Pero las visitas deben ser interpretadas más allá de la comunicación en sí misma y de la contención familiar. Las mujeres son quienes más visitan las cárceles, dado que tradicionalmente pesa sobre ellas un rol de cuidado respecto de los y las detenidas y sus familias. Muchas veces, las mujeres vienen a suplir las falencias del Estado extendiendo el cuidado intramuros. El derecho de visitas representa la provisión de alimentos, medicación, ropas y otros elementos para la subsistencia, es decir que es mucho más amplio que la comunicación en sí misma.

Todas estas circunstancias provocaron algunas protestas en distintas cárceles del país, algunas de las cuales devinieron en motines. Destacó por su nivel de organización y su impacto mediático el motín en el complejo penitenciario federal de Devoto, única prisión de la ciudad de Buenos Aires. Entre los reclamos, se consignaron las medias alternativas para personas con factores de riesgo, testeos masivos para la población penal, mejores condiciones de higiene, salubridad y prevención.

Paradójicamente, dos heridos por la represión fueron hospitalizados y dieron positivo en la prueba de coronavirus. Si bien se conformó una mesa de dialogo que llevó a un acuerdo, algunos de los puntos planteados no fueron atendidos

El confinamiento en las cárceles catalanas

Volviendo a Catalunya, en esta situación nos encontramos con diferentes dificultades que ponen en peligro el derecho a la salud de las personas presas. La distancia física de dos metros recomendada por la OMS es difícilmente cumplible para presos que comparten celda, comen juntos y en definitiva comparten espacio. Entre los presos, además, hay mayores de setenta años y personas de riesgo que tienen mayor riesgo de mortalidad si contraen la enfermedad. Las prisiones, en definitiva, no están arquitectónicamente diseñadas para afrontar una pandemia y tanto las personas presas como los funcionarios han tenido que exponerse al riesgo de contagio durante estos meses.

En cuanto al derecho a la comunicación, se ha visto limitado por la disminución de visitas, al mismo tiempo que se constaba la problemática falta de acceso a Internet en las cárceles, necesario para realizar videoconferencias. La actuación de la Generalitat proporcionando más de doscientos teléfonos móviles ha sido una iniciativa acertada, aunque por cantidad es todavía insuficiente. También ha sido importante la creación de un servicio de atención telefónica para los familiares de presos.

No es extraño que en estas circunstancias organizaciones como la OMS, las Naciones Unidas o el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa hayan hecho hincapié en una sola dirección: las medidas alternativas al uso de prisión y la disminución de la población penitenciaria. También lo recomiendan el Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans y el Síndic de Greuges.

El riesgo de contagios en las prisiones debería poner sobre la mesa el cumplimiento alternativo de la pena mediante el incremento del tercer grado, libertad condicional o localización permanente

El riesgo de contagios en las prisiones debería poner sobre la mesa el aumento de cumplimiento alternativo de la pena mediante el aumento de la población en tercer grado, en libertad condicional o en localización permanente.
En Italia, ante esta situación de emergencia, cada prisión tomó sus medidas para enfrentar la situación, aunque en todas se suspendieron las visitas (que se pueden efectuar sólo en casos especiales a distancia de dos metros), como también las actividades escolares y formativas.

Los tribunales penales y las oficinas de supervisión tomaron diferentes medidas en materia de detención domiciliaria y sustitución de la medida de custodia cautelar en la cárcel. Algunos de ellos consideraron las situaciones precarias de salud de los presos y presas y los riesgos que pueden encontrar en la estructura donde se encuentran, eligiendo en la mayoría de los casos aplicar la detención domiciliaria u otras medidas alternativas.

La asociación Antigone, además de pedir la interrupción de los desplazamientos de los presos y las presas de una cárcel a otra, propuso diferentes medidas alternativas a la estancia en la cárcel, para salvaguardar las condiciones de salud de muchas personas internadas, también con finalidad terapéutica. Las propuestas son: la custodia en prueba; la detención domiciliaria, con la posibilidad para los presos y las presas que gozan de semilibertad de transcurrir la noche en detención domiciliaria; conceder la detención domiciliaria a los condenados por penas de detención hasta 36 meses; las sentencias contra las personas que se encuentran afuera de la cárcel se transforman en medidas de detención domiciliar; conceder la liberación anticipada hasta 75 días cada seis meses.

¿Como puede ser que se consideren las problemáticas de los presos solo cuando hay una emergencia, como si fueran solo un problema que resolver? El derecho a una vida digna debería ser una elección clara y constante

Al mismo tiempo, para disminuir el aislamiento, se pide que cada centro compre un smartphone cada cien detenidos, permitiendo hacer una llamada o videollamada diaria por cada uno y activando la comunicación por e-mail con los familiares autorizados a las visitas. Se añade también de proveer a todo el personal penitenciario de dispositivos de protección individual para evitar la trasmisión del virus, de higienizar todos los ambientes de las cárceles y aumentar el personal penitenciario y sanitario con el fin de garantizar una sanidad de calidad, desarrollando proyectos de salud y prevención a largo plazo adecuados a cada instituto y persona privada de libertad.

¿Como puede ser que se consideren las problemáticas de los presos y las presas solo cuando hay una emergencia, como si fueran solo un problema que resolver? Es claro que no se puede pensar en la excarcelación sólo bajo presión o para evitar una pandemia, sino que el derecho a una vida digna debería ser una elección clara y constante. Tal estrategia denota una decisión precisa de no querer mejorar la vida de los presos y las presas, considerándolas personas de “clase B”, que merecen venganza y no bienestar.

Una vez más se muestra como la cárcel empeora la vida de las personas y como es necesario pensar alternativas al encierro, como las que se están activando durante la emergencia sanitaria, que todavía no son suficientes. Es la enésima ocasión para volver a considerarlas, no sólo en una situación de emergencia.

En definitiva, todavía estamos a tiempo para que no ocurra como en décadas anteriores con la expansión del VIH en las prisiones. Ahora que se habla del concepto de “nueva normalidad”, ¿qué “nueva normalidad” se puede aplicar al sistema penitenciario? ¿Puede ser la pandemia una oportunidad para repensar el castigo y la cárcel en este nuevo siglo?

Este artículo fue publicado originalmente, en catalán, en Debats pel Demà

Debats pel demà

Share.
Leave A Reply