La noticia de la retirada de los conciertos educativos a 11 centros privados que optan por la llamada escuela diferenciada (es decir, que son sólo de niños o sólo de niñas) se empezó a conocer el viernes por la noche, cuando lo publicó Europa Press porque un periodista de esta agencia leyó la resolución en el DOGC, cuando ya hacía horas que estaba publicada. Varios diarios digitales y en papel lo recogieron en sus ediciones del sábado.
Pero hasta el martes, el Departament no emitió ningún comunicado al respecto, lo cual no deja de ser sorprendente, teniendo en cuenta la carga simbólica de esta decisión, largamente demandada por los grupos políticos de izquierda y por una parte considerable de la opinión pública y que el mismo conseller Bargalló había venido anunciando. Como mínimo hace 20 años que estos conciertos en las escuelas del Opus (no lo son todas, pero sí la mayoría) son objeto de reiterada polémica, y ahora que finalmente se produce lo que podría considerarse una noticia bomba, ¿no hay ni un pequeño comunicado?
El 12 de febrero, en una sesión de control en el Parlament, el conseller Bargalló aseguró que “no habrá conciertos educativos para las escuelas que segregan por género”. En aquella ocasión, al igual que había pasado las semanas y meses anteriores, la retirada de estos conciertos se vinculaba a la aprobación -en el marco del Pacto Nacional contra la Segregación Escolar- de los dos decretos de admisión y de conciertos educativos, actualmente aún en tramitación. El segundo tiene que establecer que uno de los requisitos para renovar un concierto es que la escolarización sea mixta, requisito que estos centros claramente incumplen. ¿Por qué, pues, se ha procedido a no renovar los conciertos cuando esta nueva normativa aún no está aprobada? Trasladada esta pregunta al Departament, no hay ninguna respuesta más allá de remitirse al redactado de la resolución.
El Departament no ha renovado los conciertos de estos centros para garantizar la coeducación. Pero al mismo tiempo, para garantizar la escolarización gratuita de este alumnado, ha concedido una prórroga de un año al concierto
Una hipótesis es que ha habido un problema de tempos, como efecto colateral de la pandemia. La renovación de los conciertos de primaria, para los próximos seis cursos (los de infantil y secundaria se renovaron en 2018), tenía que aprobarse ahora, mientras que la tramitación de los decretos se ha ido retrasando. Por lo tanto, se ha buscado otra vía jurídica para evitar una renovación que, en el caso de haberse hecho efectiva, posiblemente habría generado muchos más titulares de los que ha causado la no renovación. En otras palabras, se ha conseguido evitar el titular: “Bargalló renueva los conciertos a las escuelas que segregan por sexo”.
Un portavoz de Educació ha explicado a este diario que “con el fin de garantizar la coeducación de todo el alumnado del Servicio de Educación de Catalunya, el Departament no ha renovado los conciertos de estos centros. Pero al mismo tiempo para poder garantizar la escolarización gratuita de este alumnado, ha concedido una prórroga de un año en el concierto de primaria, que este curso acaba, especialmente teniendo en cuenta que el estado de alarma ha significado la interrupción o el retraso de procesos informativos y administrativos. Así, si estas familias quieren escolarizar a sus hijos de forma gratuita, sabrán que este es el último curso durante el que lo podrán hacer en estos centros”.
Un artículo interpretable y un tecnicismo
Según lo que ha publicado el DOGC, pues, a los colegios Canigó, Bell-lloc del Pla, Les Alzines, Pineda, Xaloc, Institució Lleida, Camp Joliu, Institució Tarragona, La Vall, La Farga y Viaró no se les renueva el concierto educativo para todos los cursos de primaria, si bien tienen un año de prórroga. Es decir, el curso 2020/21 todavía estarán concertados, pero a partir del curso 2021/22 ya no lo estarán. Esta no renovación se justifica a partir del artículo 43.1.d de la LEC, según el cual “el principio de coeducación mediante la escolarización mixta debe ser objeto de atención preferente” del Servicio de Educación de Catalunya. Pero la LEC fecha del año 2009, y nunca antes hasta ahora se había usado este artículo para la no renovación de un concierto en las escuelas que hacen diferenciada. Seguramente por la ambigüedad de la expresión “atención preferente”.
El otro argumento que ha usado la administración educativa para no renovar estos conciertos es estrictamente técnico, y tiene relación con la situación de estado de alarma. Cuando, a finales del mes de febrero, se abrió el aplicativo de la Generalitat para que todos los centros concertados presentaran su oferta, a estas once escuelas no se les dio acceso. Pero presentaron recurso y entonces se abrió el aplicativo también para ellas, si bien, de acuerdo con un artículo (84.3) de la LOE, se les pidió que en un plazo de 10 días presentaran una documentación adicional sobre las razones de su proyecto educativo.
Según José Manuel Prats, abogado, miembro del Consejo Escolar y presidente de Fapel (una de las federaciones de familias de la escuela concertada), “esta documentación que nunca se pide a nadie se presentó antes de los 10 días y las escuelas lo pueden demostrar fehacientemente, pero como antes de que se cerrara el plazo se decretó el Estado de Alarma y esto suspendía todas las tramitaciones administrativas han agarrado a esto para decir que este requisito no se ha acreditado”.
Las patronales de la concertada se han opuesto al redactado del decreto de conciertos (presentaron 150.000 alegaciones) por varios motivos, uno de los cuales es el requisito de la escolarización mixta, ya que, según explicó Miguel Mateo, secretario general de la Fundació Escola Cristiana en una rueda de prensa a principios de marzo, la legislación estatal que regula los conciertos no lo contempla como motivo de no renovación. Es decir, según la principal patronal de la concertada, incluso en el caso de que se apruebe el nuevo decreto de conciertos sin modificaciones en su redactado original, el Departament no tendría derecho a no renovar los conciertos, porque los únicos supuestos válidos serían la pérdida de la autorización para ejercer la enseñanza, haber incurrido en una falta muy grave o la no existencia de disponibilidad presupuestaria.
José Manuel Prats confirma que las titularidades de los centros educativos presentarán recurso contra la resolución publicada en el DOGC y está muy convencido de que lo ganarán, porque “no hay ninguna normativa en vigor que ampare la retirada y en cambio sí hay mucha jurisprudencia que ampara la renovación”. “No hay requisitos nuevos en relación con la situación anterior a la petición de renovación”, añade. En su opinión, “Bargalló ha cumplido su palabra de retirar estos conciertos; sabe que un tribunal obligará a la Generalitat a renovarlos, pero prefiere que le obligue un juez a hacerlo él, y si la renovación de los conciertos la hace un juez eso también le puede reportar un buen titular”.



1 comentari
Se sabe algo del llamado pederasta de Camp joliu Emilio salvia?