Tras presumir de haber hecho ceder a la CEOE y a Cepyme ante la Ley del Trabajo a Distancia, ahora la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, así como todo el Gobierno, han conseguido que la patronal firme el acuerdo por el que se extienden los expedientes de regulación temporal de empleo hasta el 31 de enero.
Este acuerdo implica que los trabajadores en ERTE seguirán cobrando el 70% de su base de cotización y no el 50% como se había pactado en un inicio al establecerse que esto pasaría una vez transcurridos los seis primeros meses. El texto, que se vende como una protección para los trabajadores ante la segunda oleada de la Covid-19, será aprobado como decreto ley en el Consejo de Ministros.
El debate, como todos los aprobados (ya son seis) por este Ministerio de Trabajo en el marco de diálogo social, ha sido largo y complicado pero finalmente las patronales han podido avalar esta prórroga de los ERTE al ver que se daban más ayudas a las empresas. La última oferta hecha por el Gobierno también incluía una ampliación de las exenciones en los casos de ERTE por rebrote en los que las empresas vean limitada su actividad.
“Después de un amplio debate”, el Comité Ejecutivo ha aceptado “por unanimidad la última propuesta para prorrogar el acuerdo sobre los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), después de intensas negociaciones que se han extendido hasta en la primera hora de esta mañana”, recoge el comunicado de las patronales. “El texto refleja un acuerdo en el que todas las empresas la actividad de las cuales se está viendo afectada por la crisis de la Covid-19 se sienten representadas”, añaden los empresarios, que confían en que “este acuerdo permita garantizar la continuidad de la mayor cantidad de empresas y puestos de trabajo posibles en una coyuntura económica tan adversa y dilatada en el tiempo”.
Las claves del nuevo acuerdo
El texto aparte de afirmar que se prorrogan automáticamente todos los ERTE de fuerza mayor vigentes también indica que será posible solicitar nuevos ERTE de fuerza mayor tanto por impedimento como para limitación de actividades en todos los sectores, altamente exonerados en cuotas. En el caso las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las medidas sanitarias podrán solicitar un “ERTE por impedimento”. Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 o más.
Además, se establecen exoneraciones en la cotización por empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad y su cadena de valor, con ERTE prorrogado, sin necesidad de solicitar uno nuevo.
El acuerdo establece que las empresas que prorroguen automáticamente el ERTE de fuerza mayor hasta el final de enero de 2021, tendrán exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social de sus trabajadores (tanto reactivados como suspendidos) devengadas en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero de 2021. las exoneraciones serán del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen 50 o más tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporan a sus puestos de trabajo.
En cuanto a puntos positivos para los trabajadores, las personas afectadas por un ERTE mantendrán el “contador a cero” ante aquellas personas que sean afectadas por un despido objetivo, individual o colectivo, u otro basado en cualquier causa, que sea declarado improcedente, durante el año 2021, o si se extingue su contrato temporal dentro de este año. Es decir, por primera vez, las personas afectadas por un ERTE tendrán atención preferente para recibir cursos de formación y se pondrán en marcha acciones específicas para este colectivo.
Además, se establece un nuevo periodo de 6 meses de salvaguarda del empleo para las empresas que se acojan a un nuevo ERTE exonerado. En caso de que existiera un compromiso de mantenimiento de empleo anterior vigente, el inicio del nuevo periodo de salvaguardia comenzará cuando haya concluido el del ERTE anterior. Como en el anterior acuerdo, en las empresas acogidas a ERTE no podrán realizar horas extraordinarias, establecer nuevas externalizaciones de la actividad, ni concertar nuevas contrataciones, sean directos o indirectos excepto por razones de formación u otras razones objetivas y justificadas.
Finalmente, se reconocerá una prestación extraordinaria por desempleo a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo o que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en determinadas fechas, que hayan resultado afectadas durante un ERTE durante el periodo teórico de actividad. Podrán percibir también esta prestación las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo no afectadas previamente por ERTE que hayan agotado las prestaciones o subsidios a las que tuvieran derecho si así lo solicitan.


