La primera definición de nimiedad en el diccionario de la Real Academia de la lengua española es pequeñez, insignificancia. Otro significado de nimiedad en el diccionario es exceso. Ambas definiciones se pueden aplicar a la Ley de Vivienda que se aprobó ayer en el Consejo de Ministros, fruto del pacto y los acuerdos entre los dos socios del Gobierno de coalición.
Una proposición de ley pequeña e insignificante, por su escaso contenido eficaz y excesiva, tanto en las expectativas creadas como en sus demasiadas carencias. Tras leer y analizar el anteproyecto, queda latente que estamos ante un texto vacío de contenido y sin ninguna aplicación práctica. No afronta ni da respuesta a la emergencia cronificada que sufrimos hace más de una década. Ni mucho menos representa el cambio estructural que se necesita en el ámbito de la vivienda, para que se garantice sea tratada como el derecho que es y deje de ser un bien de mercado con el que especular.
Regulación de los alquileres
En el ámbito del alquiler, la medida estrella que abarca casi la totalidad del articulado, deja clara la principal función de esta ley: que no tenga eficacia o que directamente no se aplique. Prima la seguridad jurídica de los inversores, por encima del bienestar de inquilinas e inquilinos.
Lo más sangrante podría ser el hecho de que la aplicación de la norma pase por la voluntad de las Comunidades Autónomas, en lugar de fijar condiciones objetivas para ello. Esto deja directamente fuera a las CCAA donde gobierna la derecha, que ya han dejado claro su voluntad, tanto de no aplicar la regulación de precios como sus intenciones de recurrir la ley tan pronto como les sea posible. En los casos en que la Comunidad Autónoma pidiese al Estado aplicar la regulación, los municipios lo tendrían muy difícil para obtener el permiso dada la dificultad para demostrar que se cumplen los requisitos que se establecen y debido a la inexistencia de datos a nivel municipal. Recordemos que la ley catalana que cubre esta necesidad social ya ha sido recurrida y aceptado hace escasos días el recurso por el Tribunal Constitucional.
Para agravar el despropósito, se prevén 18 meses de ‘’moratoria’’ para su aplicación una vez la ley pase todo el proceso parlamentario, que puede durar un año, antes de poder ser aprobada. Entre una cosa y otra, nos plantamos en 2024 y en una nueva legislatura. Tiempo más que suficiente para que aumente la ofensiva de los lobbies y margen a los servicios jurídicos de las empresas para buscar maneras de esquivar la ley. Mientras los precios seguirán subiendo porque no habrá nada que lo evite.
El Gobierno justifica estos plazos, alegando que el actual índice de precios, que puso en marcha el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en 2020, no sirve como referencia para establecer límites de renta a grandes propietarios. La carencia de datos sobre los arrendamientos, viene de lejos ya que carecemos de una estadística oficial que monitorice de verdad el mercado. Obvio es la poca fiabilidad de los portales inmobiliarios que son una de las pocas fuentes existentes, siendo ellos los que marcan las directrices del mercado. Para el actual índice de precios, se optó por usar como base los datos de la Agencia Tributaria, que obtiene en las declaraciones del IRPF información por parte de los caseros y algunos inquilinos. Una información anual, no completa, estática y demasiado antigua.
Esta Ley no contrarresta las brutales subidas del alquiler de los últimos años, aunque permite subidas de hasta un 10%. Se centra en la posibilidad de acogerse a prórrogas anuales manteniendo el mismo precio y condiciones, al tiempo que pretende regalar una espectacular reducción de impuestos a los especuladores de la vivienda.
Establece para los nuevos contratos una desgravación general del 50 % en el IRPF, modulable en función de diversos criterios hasta el 90 % de bonificación máxima para los caseros que rebajen un 5 % el precio de sus alquileres. Mucha bonificación para tan poca rebaja. Los pequeños propietarios también podrán recibir estas bonificaciones si deciden bajar los precios de sus viviendas en alquiler.
Desahucios, ejecuciones hipotecarias, sinhogarismo y suministros básicos
En materia de desahucios, nos encontramos también ante un marco legislativo que roza el insulto a las personas que forman parte de esa media de 70.000 desahucios anuales que llevan ocurriendo en España desde hace años y los que vendrán.
Ignorando el sufrimiento, el clamor popular, las obligaciones internacionales de España en materia de Derechos Humanos, las obligaciones derivadas de los sucesivos dictámenes del Comité DESC de Naciones Unidas y del Tribunal Europeo de Justicia, así como la propia Constitución, este pacto de Gobierno no contempla ni de lejos acabar con los desahucios sin alternativa habitacional digna.
Si es bien sabido que la moratoria de desahucios, propiciada a raíz de la pandemia, es ineficaz como muestran los casi 37.000 desahucios producidos durante su vigencia (en el Consejo de Ministros también se aprobó prorrogarla hasta el 28 de febrero de 2022), las medidas antidesahucios del anteproyecto de ley, siguen en una línea similar.
En casos exclusivamente de impago, la ley plantea un plazo de 10 días para que las administraciones públicas demuestren la vulnerabilidad de la familia. Pasado este tiempo, que podría alargarse 5 días más, el juzgado con o sin respuesta de la AAPP, decidirá si suspender el desahucio o ejecutarlo. En caso de suspensión, sería de cuatro meses el tiempo que estima el Gobierno para que las AAPP garanticen una alternativa de vivienda, sin especificar que debe ser una vivienda digna y adecuada. El tribunal también podrá apreciar vulnerabilidad si la persona está en situación de dependencia, víctima de violencia género o menores.
De esta manera, las familias siguen en manos de la reinterpretación del juez como hasta ahora y sin ningún tipo de mecanismos, ante la falta de vivienda pública, que garantice una alternativa digna. Una de las máximas demandas de los movimientos sociales para esta ley, es la obligatoriedad de ofrecer alquileres sociales, en casos de grandes propietarios, como medida de prevención al desahucio y solución efectiva durante los años de contrato. En resumen, falta de valentía y sumisión a la influencia de la banca, los fondos buitre y el sector inmobiliario, para que todo siga como hasta ahora.
Otra gran carencia, es la omisión del problema hipotecario que ha arrebatado la vivienda a tantas y tantas familias. Un drama que gracias a la PAH y su ILP Hipotecaria, que reunió un millón y medio de firmas pero se quedó en nada por obra y gracia del Partido Popular, se hizo muy popular entre 2011 y 2013. Tanta movilización social, provocó que se silenciara el tema, muy lejos de resolverse todavía y en alza a día de hoy. Una vez más, a pesar de haberse triplicado el número de nuevas ejecuciones hipotecarias y los desahucios derivados de ellas, el Gobierno vuelve a hacer caso omiso. Cuando se trata de no rescatar a la gente y hacer trato de favor a la banca, cuesta distinguir si el Gobierno es de derechas o de coalición progresista.
Ni dación en pago, ni responsabilidad limitada a la vivienda que evite la pérdida del hogar de los avalistas. Ninguna mejora de la ejecución hipotecaria regulada en la LEC. Ninguna medida ante situaciones de sobreendeudamiento como la cancelación de la deuda vinculada a la vivienda habitual. No hay nada que evite que las familias pierdan su hogar pero mantengan una deuda impagable de por vida.
Tampoco se contempla nada en relación a la 2ª oportunidad, que actualmente no se utiliza porque no protege la vivienda habitual, porque no hay una justicia gratuita para poder acceder o porque no protege a los avalistas.. En este sentido, es una regulación muy deficiente la que existe hoy en día.
No se incluye ninguna garantía para los suministros básicos, sin los cuales no podemos hablar de vivienda digna y adecuada.
La protección de un techo para las personas sin hogar también se queda fuera y no establece ni impulsa ninguna medida adicional ni distinta, a las que ya se vienen aplicando a pesar de las más de 32.000 personas que ahora se encuentran en esta situación.
Parque público de vivienda
Este anteproyecto de ley, vuelve a reafirmar el trato de favor a la banca y buitres en este apartado. Se renuncia a movilizar las decenas de miles de casas vacías en manos de las entidades financieras rescatadas con dinero público ni las de La Sareb, empresa de capital público que se prevé deje al Estado una deuda de 8.000 millones de euros. En definitiva, no se prevé ni se ataja la emergencia habitacional actual siendo todo el mundo conscientes de la enorme carencia de disponibilidad de viviendas en las Administraciones Públicas.
La única norma aplicable consta de un recargo sobre el IBI de viviendas vacías, aún sabiendo lo discreto de esta medida si tenemos en cuenta que no hay un censo actualizado, ni real, que marque que viviendas están vacías y cuáles no..
A la vista queda el despropósito de este anteproyecto de ley, que solo lleva a una reflexión: para el actual Gobierno, sigue sin ser prioritario el rescate de las familias ni el derecho a la vivienda, por mucho que su garantía marque el título de su propuesta.
Despropósito también es ver como desde el lado de Podemos, se avala y registra una ley ciudadana, mucho más completa, que si da respuesta a la urgencia y plantea los cambios estructurales a futuro necesarios para recuperar la función social de la vivienda, para cuatro días después anunciar con euforia y triunfalismo su pacto con el PSOE. Un pacto cuyo objetivo era poder cerrar esta ley tan nimia como ineficaz en forma y fondo.
Una oportunidad perdida que solo reafirma el lema ‘’no somos marionetas a manos de políticos y banqueros’’


