El estallido de la pandemia por el Covid-19 en el año 2020 obligó a gran parte de las personas que trabajaban con herramientas o medios digitales a adoptar formas de teletrabajo o trabajo a distancia. Este nuevo término que ha entrado en el debate público sobre el mundo laboral se define como una modalidad de trabajo que se realiza físicamente fuera de la oficina, mediante medios telemáticos. En su momento, fue utilizado como medida sanitaria para evitar más contagios, pero actualmente se presenta como una condición atractiva en algunas ofertas de trabajo como por ejemplo: comercial y ventas, informática y telecomunicaciones y atención al cliente.
El análisis del fenómeno del teletrabajo implica poner en una balanza los beneficios y las desventajas que comporta para las trabajadoras. Utilizamos el término balanza, ya que nos permite ejemplificar de una manera muy simple las dinámicas a las que nos estamos refiriendo. Por un lado, este estudio dirigido por investigadoras de la Universidad de Valencia nos indica que las tasas de satisfacción con el teletrabajo son altas. Por otro lado, el constante monitoreo en línea, la difuminación de los horarios y el hecho de no poder separar los espacios privados del hogar del lugar donde se realiza el trabajo son algunos de los principales problemas que ha traído esta modalidad de trabajo remoto.
Las consecuencias de la introducción del teletrabajo no han sido solo la reducción drástica de la tasa de contagio por Covid o la mejora de la situación sanitaria postpandemia, sino también el cuestionamiento del marco de análisis tradicional del entorno laboral. Si queremos entender por qué el teletrabajo no ha sido solo una medida sanitaria puntual, debemos analizar en profundidad la transformación de conceptos como trabajo, trabajadora y entorno laboral. Para poder hacerlo, las autoras han decidido entregar dos artículos. En este primer artículo analizaremos el papel de los sindicatos en un entorno digital y la relación de las trabajadoras con los medios de producción. En el segundo artículo hablaremos de la paradoja de la conciliación en clave de género.
Externalización de los medios de producción
En el marco del análisis tradicional de las relaciones laborales, la trabajadora es quien provee a la empresaria de su fuerza de trabajo y esta última es la propietaria de los medios de producción. Esta definición de derechos de propiedad de la empresaria hace que sea ella quien deba hacerse cargo de los gastos vinculados al uso de los medios de producción. Lo que hace tambalear esta definición clásica es el aumento del número de trabajos que se pueden realizar con el uso de las TIC. En la actualidad, la trabajadora sigue siendo la proveedora de la fuerza de trabajo a cambio de un salario, pero la empresaria ya no es propietaria de los medios de producción, o al menos de una parte de estos. En entornos laborales donde se usan formas de trabajo remoto, son las mismas trabajadoras quienes asumen el coste del material necesario para llevar a cabo su tarea profesional. No solo estamos hablando de los ordenadores y el mantenimiento de las herramientas digitales, sino también de la electricidad, la calefacción, la conexión a internet y todos los recursos y prestaciones que anteriormente proporcionaban las oficinas y ahora pasan a ser gastos individuales de las trabajadoras.
No somos las primeras personas que hemos visto cómo se desvirtúa este marco teórico y las posibles implicaciones que puede tener. De hecho, este efecto ya ha sido anticipado y por ello desde diferentes administraciones públicas se han impulsado políticas para revertir los efectos que puede tener en los bolsillos de las trabajadoras este aumento de gastos.
En el caso del Gobierno Español se ha intentado regular el marco laboral del teletrabajo con la aprobación del RDL 28/2020. En este Real Decreto Ley se han tenido en cuenta aspectos como la desconexión digital o el respeto hacia los horarios de trabajo y no solo la distribución de gastos. A pesar de estos avances, debido a la nueva naturaleza de esta relación laboral los gastos relacionados con los aparatos digitales acaban recayendo sobre las trabajadoras. Un ejemplo que ilustra este hecho es este estudio coordinado por investigadoras de la Universidad de Valencia que indica que la mitad de las trabajadoras no solo continúan utilizando su propio portátil y móvil cuando teletrabajan, sino que además son ellas las que se tienen que hacer cargo de todos los gastos relacionados con el lugar donde ejecutan su actividad productiva. El estudio también señala que alrededor de un 80% de las personas encuestadas que teletrabajan no reciben ni han recibido ninguna compensación económica por haber asumido estos gastos. Un dato clave para entender el problema que estamos analizando es que solo un 27,9% de las teletrabajadoras han formalizado un acuerdo por escrito que tenga en consideración sus condiciones de trabajo a distancia. Esta informalidad en la naturaleza de los acuerdos hace que sea mucho más sencillo para las empresarias trasladar los gastos a sus trabajadoras, dicho de otra manera, como no existe un contrato firmado donde se estipulen las horas y condiciones del teletrabajo son las trabajadoras las que asumen la carga de derechos de propiedad de los medios de producción digitales y en consecuencia, los gastos que se derivan.
Atomización laboral de las trabajadoras
Otro efecto derivado del teletrabajo es la potencial disminución de las relaciones personales y, por lo tanto, sindicales entre trabajadoras. No ir a la oficina a trabajar va en detrimento de las relaciones de proximidad que se pueden establecer. En el momento en que tu compañera de departamento en lugar de tener nombre y apellido es un avatar en Google Drive o una dirección de correo electrónico, las posibilidades de interactuar y relacionarse de una manera humana se ven reducidas. Las conversaciones se limitan a plazos de entrega de proyectos y a Excels, no existe casi posibilidad de compartir inquietudes, consideraciones y opiniones sobre las condiciones de trabajo.
Si bien es cierto que existen iniciativas para motivar la sindicalización digital, estas se encuentran con considerables barreras de entrada. Una nueva videollamada después de una jornada laboral completa puede suponer una gran fatiga digital. No se trata solo de superar el cansancio físico y mental, sino también de aprender a establecer vínculos personales y políticos con personas con las que no has coincidido nunca físicamente.
Para concluir, nos gustaría aclarar que este artículo no es un manifiesto en contra del teletrabajo, sino un análisis de algunas de las implicaciones que pueden pasar desapercibidas bajo esta capa de modernidad y libertad que parece proporcionar a las trabajadoras. Debido a esta transformación digital del mercado laboral, el marco teórico para entender las relaciones laborales ha cambiado. Por este motivo, es necesario ampliar las definiciones de trabajadora y de trabajo para no olvidar que aunque se haga desde casa sigue siendo un trabajo y quien lo realice, como mínimo, no debería asumir los gastos que se derivan de él.