Los efectos del cambio climático se hacen cada vez más evidentes, y no es solamente la imagen del oso polar flotando en una minúscula capa de hielo la que pone la piel de gallina. El calentamiento global afecta también a las personas, que pierden sus casas, que sufren las temperaturas extremas y que conviven con un alto grado de contaminación del aire, entre muchos de los efectos negativos que tiene la crisis climática para la vida de nuestra especie. Y hay quienes reclaman más acción y una visión más ambiciosa por parte de los gobiernos, a la hora de establecer las medidas necesarias destinadas a proteger el planeta y cumplir con los compromisos asumidos a nivel internacional.

Estas cuestiones y algunas otras más, se trataron en el debate “El acceso a la justicia climática: los derechos humanos como herramientas legales y discursivas”, celebrada el miércoles 19 de abril coorganizada por el CEI International Affairs y el Observatorio Social de Fundación “la Caixa”. Luego del encuentro, tuvimos la posibilidad de entrevistar a dos de los oradores de la jornada, Lorena Ruíz-Huerta, abogada de Greenpeace España, y Jaime Doreste, abogado de Ecologistas en Acción. Ambos lideran la demanda contra el gobierno de España por inacción climática.

 El ciclo se llama “El acceso a la justicia climática”, ¿De qué hablamos cuando hablamos de “justicia climática”?

 Lorena: Yo creo que, cuando hablamos de “justicia climática”, hablamos, sobre todo, de dos conceptos. Por una parte, es evidente que estamos en una emergencia climática y que es necesario modificar rápidamente y de forma drástica nuestro modelo energético y nuestro modelo económico. Debemos abandonar los combustibles fósiles de forma completa y apostar por las energías renovables, así como también por un modelo que reduzca el consumo y que sea más sostenible, que no continúe en esta senda de crecimiento como si el planeta fuera infinito.

Pero, a la vez que hacemos eso, debemos hacerlo con justicia, porque las sociedades del primer mundo son las más contaminantes y las que han generado el problema con su grandísimo desarrollo y con la cantidad de emisiones que han producido en la atmósfera. Están generando impactos en el cambio climático que ya se dejan sentir en todo el planeta, aunque más fuertemente en aquellos países del “sur global”, que a pesar de no ser los causantes del problema, están sufriendo sus principales consecuencias.

Sin embargo, nuestras propias sociedades ricas son tremendamente desiguales, y también hay gente que tiene mucho menos acceso a los recursos y que lo va a pasar peor con los impactos del cambio climático porque va a tener mucha menor capacidad de protegerse del frío, o del calor intenso, va a tener menos acceso al agua y a los alimentos, va a tener más propensión a adquirir las nuevas enfermedades que va a traer el cambio climático, etcétera, etcétera. Por tanto, este nuevo modelo, que busque un mundo más sostenible, hay que hacerlo con justicia social, sin dejar a nadie atrás e incorporando a todas aquellas personas más vulnerables ante los impactos del cambio climático.

¿Cuál es el vínculo entre la justicia climática y los derechos humanos?

 Lorena: Es una de las grandes conquistas del derecho internacional y de la sociedad, ya que hasta hace pocos años, el derecho del cambio climático caminaba por una parte, y por otra iba el derecho referente a la protección de los derechos humanos y no se cruzaban ni se encontraban.

Yo creo que estas dos disciplinas empezaron a converger gracias al activismo ecologista, al activismo judicial y a algunas organizaciones ecologistas como Urgenda, en Holanda, que es la fundación que consiguió la histórica sentencia a través de la cual el Tribunal Supremo de Holanda condenó al Gobierno de su país por vulnerar los derechos humanos de sus ciudadanos y ciudadanas por no estar luchando adecuadamente contra el cambio climático. Así fue como los grandes organismos internacionales, como aquellos pertenecientes a Naciones Unidas y la propia Asamblea General, se dieron cuenta de que, sin un medioambiente adecuado, no es posible disfrutar de los derechos humanos más fundamentales, como el derecho a la vida, sin ir más lejos. Por tanto, están inescindiblemente unidos la protección adecuada del medioambiente y el disfrute de los derechos humanos. Para poder tener una vida digna necesitamos un medioambiente adecuado, con acceso a los recursos naturales repartidos con justicia.

 Jaime: En el caso de España, la Constitución Nacional reconoce tres grandes bloques de derechos. Los que se consideran “Derechos Fundamentales”, que serían la versión constitucional de los derechos humanos, se encuentran en los Capítulos Primero y Segundo del Título Segundo. En el Capítulo Tercero se encuentran los Derechos Sociales y Económicos, entre los cuales se encuentra el Derecho al Medioambiente. Lo que está absolutamente reiterado en la jurisprudencia, es que el derecho al medioambiente adecuado, si bien es un derecho constitucionalmente consagrado, no es un derecho fundamental. Por eso, durante muchísimo tiempo, había que vehiculizar las vulneraciones del derecho ambiental que afectaban a la calidad de vida, a través de concretas infracciones del ordenamiento jurídico en materia de medioambiente, o ligarlas a derechos fundamentales indiscutidos, como lo es el derecho a la intimidad familiar.

Con esta nueva ola de pronunciamientos judiciales mucho más innovadores de la Corte Europea de Derechos Humanos, o de otros tribunales nacionales, como lo es el Tribunal Supremo Francés o el Holandés, entre otros, estamos viendo que son muchos los derechos humanos clásicos que se ven comprometidos con el cambio climático. Sin ir más lejos, dentro de las pruebas que aportamos dentro del litigio climático, pusimos muy de manifiesto que otro de los derechos que está puesto en entredicho por la emergencia del cambio climático, es el derecho a la igualdad, por el impacto diferenciado que suponen los efectos del cambio climático sobre poblaciones vulnerables. Incluso, hay una discriminación por razón de género porque afectan de manera diferencial, por ejemplo, a la población femenina frente a la masculina, según ponen de manifiesto multitud de informes que se han ido demostrando.

Y hay otra cuestión: las medidas que obligatoriamente tenemos que adoptar todos los Estados soberanos del planeta en la lucha contra el cambio climático van a suponer, sobre todo si se tienen que adoptar por la vía de urgencia, una restricción drástica de la calidad de vida. Nuestra generación y la que ha venido antes han agotado prácticamente todo el presupuesto de carbono que es capaz de absorber el sistema atmosférico. Estamos diciendo que las generaciones futuras no van a poder emitir y, a fecha de hoy, buena parte del Estado de Bienestar que disfrutamos en el norte global se basa en emisiones de carbono. Entonces se produce ahí también una doble vulneración de este derecho de igualdad de generaciones presente frente a las futuras, que se terminan encontrando en este tipo de procedimientos, en donde el derecho al medioambiente se unifica, se reconoce.

En relación al resto de Europa, ¿Cómo creen que está España en términos de políticas medioambientales?

 Lorena: Desde luego no muy bien. Sin embargo, el actual gobierno tiene en su haber algunas políticas acertadas y ha mejorado las políticas de mitigación del cambio climático con respecto a gobiernos anteriores, que eran directamente negacionistas y no hacían absolutamente nada. A iniciativa del Gobierno se declaró el estado de emergencia climática al comienzo de la legislatura y también han elevado a la categoría de la Vicepresidencia del Gobierno el Ministerio para la Transición Ecológica. Este Ministerio ha aprobado numerosos planes de lucha contra el cambio climático, e incluso una Ley de cambio climático que ya tenían todos los países de nuestro entorno comparado.

Y esto está bien, pero hay que tener en cuenta que, bajo el Protocolo de Kioto, se permitió a España emitir un 15% más de carbono que otros países europeos, por estar menos desarrollado que otras economías de la región. La realidad es que España incumplió esta premisa, e incrementó sus emisiones hasta un 53% para el año 2005, y justamente fue ese año el que tomó la Unión Europea como referencia para definir cuánto carbono le corresponde a cada Estado reducir en la década 2020-2030. Por tanto la cuota que nos ha correspondido es una cuota muy pequeña para la capacidad que tenemos, como una de las principales economías europeas y del mundo, y también por nuestra responsabilidad histórica.

Hay un principio muy importante del derecho internacional, que es el de las responsabilidades comunes pero diferenciadas. Esto quiere decir que se asume que el cambio climático es un problema de gobernanza global, que nos corresponde resolver a todos los Estados del planeta, porque nos atañe a todos, pero no todos los países han contribuido por igual, ni están en la misma situación para hacerle frente. Por tanto, hay países que tienen que apretarse más el cinturón y hacer un esfuerzo mayor que otros para luchar contra el cambio climático. Y nosotros, como una economía que ha sido muy contaminante y que ha crecido mucho, nos correspondería hacer un esfuerzo mucho mayor que el que está dispuesto a hacer el Gobierno de España.

Lorena Ruíz-Huerta, abogada de Greenpeace España | Pol Rius

 ¿Qué países creen que están haciendo el esfuerzo que deberían, o al menos el que la ley les exige?

 Lorena: Absolutamente ninguno, pero esto no lo decimos nosotros, sino el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), en el informe sobre la sexta evaluación del cambio climático, que publicó en el mes de marzo. En este documento, el IPCC ha vuelto a reiterar que ningún estado del mundo está haciendo lo suficiente para reducir las emisiones. Para tener alguna posibilidad de éxito, las emisiones a nivel global tienen que reducirse a la mitad en esta década, y todavía estamos todavía en fase de ascenso, por lo cual no hay ningún país que lo esté haciendo bien.

Jaime: Efectivamente, aunque algunas medidas van en buena dirección, como por ejemplo aquellas que fomentan las energías renovables, lo cierto es que los informes presentados por la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático antes de la Cumbre de Egipto de este año, han puesto de manifiesto que la suma de los compromisos nacionales de los estados parte del Acuerdo de París, nos ubica en un escenario de incremento de temperaturas de 3,2º a finales de siglo. Teniendo en cuenta que, con la planificación del Acuerdo de París nos hemos comprometido a realizar todos los esfuerzos necesarios para no incrementar del 1,5º, estamos hablando no solamente de una ambición climática escasa, sino también de que el cumplimiento de esa ambición es muy escasita.

El planeta, aunque sea doloroso reconocerlo, vivió un respiro en el año 2020 con la reducción de las emisiones producidas gracias al confinamiento por el coronavirus. Pero pasado ese bache, el incremento de las emisiones es continuo, incluso en España. Con lo cual, ni la ambición es suficiente, ni el comportamiento a nivel de Estado está siendo honesto, porque no estamos cumpliendo con las metas asumidas. Estamos actuando como si no se nos fuera la vida en ello, y por desgracia es así. Estamos en una situación crítica, como para adoptar objetivos ambiciosos y medidas reales y efectivas para alcanzarlos. Y como bien dijo Lorena, no es la situación en la que estamos.

Ambos llevan muchos años trabajando en esta rama del derecho, ¿Cómo derivó su recorrido vital y profesional en el ámbito del Derecho Ambiental?

 Jaime: Desde chiquitito he sido un fanático de los animales, de la naturaleza y demás. Y de hecho puedo decir que sé más de pájaros que de derecho, pero luego no me vi dedicándome ni formándome profesionalmente ni académicamente como científico. En cambio, las mal llamadas ciencias sociales han cuadrado mucho mejor con mi carácter y aproximación a la vida. Y descubrí que podía aportar a través del derecho mucho más a la lucha por la justicia social. Y a partir de ahí el aterrizaje en el Derecho Ambiental, en la protección del medioambiente a través del derecho, era inevitable. Y por eso, ya desde la carrera, me interesó mucho el asunto, y desde que soy abogado me he dedicado profesionalmente a la defensa del medioambiente . Es una cosa que disfruto mucho y lo siento como propio y necesario.

Lorena: Yo soy una recién llegada al Derecho Ambiental, porque llevo apenas cinco años trabajando en Greenpeace, y antes me dedicaba a otras ramas del derecho y a otras actividades.

Jaime: La aproximación por la que Lorena ha llegado a la defensa ambiental legal es muy bonita. Te la ha contado en un plumazo, pero Lorena es activista por los derechos humanos desde hace 20 años y ha llegado al derecho ambiental a través de la ligazón de los derechos humanos que te ha contado antes. En cambio, yo había hecho la aproximación al Derecho Ambiental desde la protección pura y dura del medioambiente.

¿Notan que ha cambiado la disciplina desde sus inicios?

 Jaime: Se trata de una disciplina que sí ha cambiado muchísimo desde mi época de estudiante, cuando el Derecho Ambiental era una optativa del Grado de Derecho, que además era Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, por lo cual lo que veíamos era Derecho Urbanístico. Ahora, por lo menos, en el grado hay una asignatura que se llama Derecho Ambiental, hay programas de especialización y es una materia que despierta cada vez más interés. Y yo creo que una buena piedra de toque es que incluso los grandes despachos de abogados, que por cierto no se dedican principalmente a la protección del medioambiente, están abriendo secciones o departamentos de Derecho Público, Derecho Regulatorio, e incluso algunos de ellos, de Derecho Ambiental.

Lorena: Creo que el Derecho Ambiental está cambiando mucho y muy de prisa por la situación de emergencia que vivimos y que se están aprobando cada vez más y más leyes. Pero, lamentablemente, a pesar de que se aprueban muchas leyes y de tratarse de un tema que cada vez tiene más interés y notoriedad, falta formación en el ámbito de la judicatura española, falta que se sensibilicen y conozcan en mayor profundidad este problema. Con este litigio climático que defendemos ante el Tribunal Supremo de España, hemos constatado que, a pesar de la cantidad de seminarios, cursos y jornadas que proliferan en el ámbito internacional en materia de derecho del cambio climático, existe una distorsión muy grande con la realidad de la sala que está enjuiciando este tema, que tiene otra mentalidad, mucho más del siglo XX, mucho más retrasada. Falta mucho camino por hacer.

¿En qué consiste la demanda por “inacción ante el cambio climático” que iniciaron al Estado Español en 2020?

 Jaime: Lo que pedimos es que el Estado Español revisase el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, que es el instrumento de planificación de las actuaciones de Estado en materia de cambio climático, que exige el derecho comunitario, lo adaptase a las verdaderas necesidades de las garantías de los derechos humanos de las generaciones presentes y futuras. Y, en concreto, en lo que se refiere a los objetivos de reducción de la emisión de gases de efecto invernadero para 2030, lo estableciera en un nivel de ambición suficientemente amplio como para garantizar estos derechos, que nosotros en base a la investigación científica, distintas herramientas de cálculo, hemos cifrado en un 55%.

Además, hemos puesto de manifiesto, cómo en el proceso de aprobación de este instrumento, el Gobierno ha incurrido en algunos errores de tramitación bastante groseros, que ha puesto el foco en algunas de las garantías, primero de participación pública, la toma en consideración de distintas alternativas y escenarios, con lo cual se descartaba de antemano adoptar medidas protectoras del medioambiente y de equilibrio climático, y demás.

La demanda tiene una gran parte explicando la realidad, los efectos y las causas del cambio climático a nivel internacional, y particularmente de la situación en España, y luego tenemos toda la parte jurídica, los fundamentos de derecho, en donde, por una parte hacemos toda esa ligazón de porqué son insuficientes las medidas previstas por el Estado Español, y segundo, cómo esta insuficiencia de medidas, ponen en riesgo y vulneran los derechos humanos, en conformidad con toda esta doctrina jurisprudencial de la Unión Europea.

Y luego, ya al amparo de la legislación nacional, ponemos de manifiesto los incumplimientos de la legislación climática y de evaluación de impacto ambiental.

¿Qué son los litigios climáticos?

 Lorena: Los litigios climáticos son una cosa bastante moderna, ya que tienen unos 10 o 12 años de antigüedad. Los hay de dos tipos: aquellos que se dirigen a las grandes corporaciones por su actividad altamente contaminante, y los que se dirigen a los gobiernos por sus políticas climáticas insuficientes en la lucha contra el cambio climático. En este momento, según la base de datos de la Universidad de Columbia que contabiliza todos los litigios climáticos que hay en el mundo, hay abiertos más de 1500 casos. Cerca de 700 están dirigidos contra los gobiernos de más de 40 países diferentes de todo el mundo. Y 122, creo recordar, están basados en la vulneración de los derechos humanos.

Cuando el activismo puro y duro no da resultados, cuando los compromisos de la clase política tampoco, y la urgencia climática acecha, no queda más remedio que acudir a la justicia para pedir ayuda y que se obligue a los gobiernos a cumplir sus compromisos de derecho internacional.

En la conferencia también mencionaba que los litigios climáticos también eran litigios estratégicos, ¿A qué se refería con eso?

Lorena: Los litigios climáticos son litigios estratégicos por varias razones: una de ellas es porque son litigios no clásicos ya que, por ejemplo, no se basan en precedentes judiciales para ganar un caso, son litigios un poco de laboratorio. Este litigio que hemos planteado en España no tiene precedentes a nivel nacional, aunque los tiene en otros estados europeos o del mundo. Pero lo que están tratando es de forzar a los jueces a que dicten una resolución que es difícil, porque requiere de mucha valentía política y una interpretación vanguardista del derecho. Entonces, como son litigios o procedimientos judiciales difíciles de ganar, necesitan una campaña de movilización ciudadana y de comunicación muy potentes para que sea esa propia presión ciudadana la que ayude a los jueces a tomar la decisión.

En España, por ejemplo, la jurisprudencia que había del Tribunal Supremo era muy nociva respecto de las mujeres que son víctimas de agresiones sexuales. Sin embargo, todas las manifestaciones del movimiento feminista que se produjeron en los últimos años ayudaron a que los jueces cambiaran su jurisprudencia. Esto es un poco parecido: buscamos esa movilización y concienciación ciudadana para que los jueces se vean un poco presionados por el calor de la calle y por el contenido de lo que se dice en los medios de comunicación.

Son litigios estratégicos porque tienen estas tres patas.

Jaime: A mi me gusta decir que los litigios estratégicos persiguen un objetivo de transformación social, pero también jurídica, para forzar un poco las costuras del ordenamiento jurídico. No solo en la vertiente material, es decir, en el derecho que vamos a aplicar y cómo, sino también en la procesal, porque introducimos pretensiones o estrategias de los procesos que no cuadran nada bien con lo que dicen los códigos procesales.

En todos los litigios climáticos contra gobiernos se pretende que el poder judicial ponga en solfa la política climática del gobierno, que hasta ahora se consideraba, en virtud del principio de separación de poderes, un coto reservado a los gobiernos. Sin embargo, estamos demostrando cómo la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el deber de debida diligencia -la garantía de los mismos para los ciudadanos-, permiten que el Poder Judicial entre a revisar políticas que hasta ahora se consideraban reservadas a los gobiernos. Esta es una vía interesante y que va mucho más allá de recurrir a autorizaciones o planes urbanísticos. Los litigios estratégicos tienen un carácter mucho más novedoso, innovador, divertido, pero también mucho más complicado.

¿Qué precedentes existen respecto de este tipo de casos en el resto del mundo?

 Lorena: No existen precedentes en España, pero sí en Europa, de los cuales nosotros hemos copiado el modelo. Uno de ellos es el caso holandés de la fundación Urgenda, que demandó por primera vez al Gobierno de Holanda por la insuficiencia de sus políticas en la mitigación del cambio climático. Después de casi una década, consiguieron ganar en el Tribunal Supremos, que acabó ordenando al gobierno a modificar su política climática, basándose en una doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que considera que cuando los gobiernos no protegen adecuadamente el medioambiente, están vulnerando los derechos fundamentales a la vida y a la intimidad privada y familiar.

Aquella sentencia fue un verdadero revulsivo en toda Europa, porque las sentencias del Tribunal Europeo de Estrasburgo son vinculantes para todos los países miembros del Consejo de Europa. Entonces, este litigio comenzó a replicarse en otros países europeos, y ya se han conseguido sentencias favorables en países como Francia, Bélgica o Alemania. Es en este contexto que nosotros iniciamos este litigio climático y esperamos conseguir una sentencia favorable.

Jaime: Lorena y yo ya llevamos mucho tiempo dándole vueltas a esto. Ella tuvo el germen de la idea y me infectó con ella, y desde entonces hemos tenido muchas reuniones y debates con abogados ecologistas en España, en las cuales veíamos muchísimas dificultades y cuestionamos muchas veces la viabilidad.

Tal como dice Lorena, no hay precedentes de un litigio como este en España, pero hemos ido acumulando experiencias primero, yendo a espacios naturales afectados por actividades mineras que no restauraban el medio natural, o denunciando el incumplimiento de  de las obligaciones en materia de calidad del aire, es decir, contaminación a nivel local. Esos experimentos con gaseosa nos permitieron ir ganando confianza y destreza procesal para luego saltar a un pleito totalmente ambicioso, donde ni abogados más jóvenes o con más experiencia sabían cómo hacerlo. Entonces por muchas críticas que recibimos, nos lo habíamos inventado Lorena y yo, es que antes no lo había. Encontrar la vía es lo que más nos ha costado y le hemos dedicado muchas horas de pensar y demás. El camino ya está lanzado, a ver cómo termina.

Lorena: Nadie daba un duro por nosotros.

La problemática del lento avance de la legislación frente al ritmo acelerado de las cuestiones que debe regular, toma una relevancia diferente en el ámbito del Derecho Climático, respecto de otras áreas en donde suele discutirse con mayor frecuencia, como lo es el de la tecnología ¿Por qué?

 Jaime: Que no tengamos regulación en materia de inteligencia artificial puede ser relativamente grave por la inseguridad que nos genera como sociedad, porque todos hemos crecido viendo la película de Terminator. Pero no tener una legislación adecuada para protegernos contra el cambio climático es una cuestión de supervivencia como especie. Y esto no te lo digo yo, sino el Secretario General de la ONU. Hay un salto cualitativo importante, ya que en este caso no se trata de regular sobre las criptomonedas que se utilizan en transacciones electrónicas, sino que estamos hablando de cuestiones vitales. Aquí descendemos al núcleo del papel que tiene que tener el Derecho como garantía de las condiciones de vida digna de las personas.

Lorena: Es importante tener en cuenta que prácticamente ninguna constitución del mundo reconoce el derecho al medioambiente como un derecho fundamental, con todas las garantías de protección que ello conlleva. Por eso, el Tribunal de Estrasburgo, que es uno de los Tribunales más avanzados y más garantistas en materia de protección de derechos humanos, ha construido una doctrina bastante rebuscada para proteger el medioambiente a través de la protección de otros derechos: el derecho a la vida y a la intimidad.

Un avance, que sería muy necesario y muy sencillo de hacer, sería la incorporación de ese derecho al medio ambiente como derecho fundamental, o la incorporación del ecocidio como crimen internacional. Cuántos crímenes contra el medioambiente se cometen en el ámbito internacional y quedan impunes porque no hay dónde enjuiciarlos y porque no hay una legislación que los prevea como un tipo penal específico. Entonces se puede avanzar muchísimo y de una manera no compleja técnicamente para proteger adecuadamente el medioambiente y el clima.

¿Para cuándo esperan la sentencia?

Jaime: El pleito ya está pendiente de sentencia y estamos esperando que se dicte, calculamos para el verano. En España vamos a estar a 45ºC, debajo de la toga van a estar en pantalones cortos, lo cual va  a demostrar cómo el cambio climático es una realidad innegable en la que hay que actuar.

Jaime Doreste, abogado de Ecologistas en Acción | Pol Rius

¿Cuál es la efectividad de este tipo de sentencias si se extienden mucho en el tiempo, en estos casos en los cuales hay que actuar con urgencia?

 Lorena: La justicia per se es lenta, y es casi un oxímoron pensar que una medida que necesita adoptarse con carácter urgente nos la va a arreglar la justicia. Nosotros hemos tenido la ventaja, frente a otros precedentes como el de Urgenda, de que hemos acudido directamente al Tribunal Supremo, que es el Tribunal competente para enjuiciar al Gobierno. Como no tiene un tribunal por encima, el resultado de su sentencia será definitivo en la justicia española, y si no nos es favorable podremos acudir al Tribunal Constitucional, y si este tampoco nos diera la razón, podemos acudir a Estrasburgo. Entonces ahí hemos acortado los plazos, a pesar de que no está mal, ya que para cuando llegue la sentencia llevaremos casi 3 años de andadura.

En cuanto a la eficacia de la sentencia, no sabemos qué va a pasar en este caso si ganamos, pero sí sabemos lo que está pasando en otros países que han ganado, que es que están teniendo mucha dificultad para ejecutar las sentencias. Hay que tener en cuenta que el sistema está hecho para que las sentencias sean para obligar a los ciudadanos a cumplir obligaciones jurídicas y es el Estado el que obliga a los ciudadanos y tiene para ello los medios para compeler. Pero ¿qué medios tenemos los ciudadanos para obligar a los Estados a cumplir sentencias? Como no es frecuente que un Gobierno sea condenado, de momento carecemos de estos medios para compeler a los gobiernos. Lo más eficaz será si hemos sido capaces de construir una masa crítica lo suficientemente grande como para exigir al gobierno el cumplimiento de la sentencia, en caso de que no lo haga. Y que el temor a perder las elecciones, sea una amenaza lo suficientemente fuerte si no cumplen con sus obligaciones.

Jaime: Los casos de Urgenda en Holanda, o el de Nebauer en Alemania, aunque se hayan alargado mucho, tuvieron una influencia positiva en la política climática de esos estados, que terminaron aumentando muchísimo su ambición climática. En Holanda era muy fácil mejorar esa ambición porque no la había en absoluto, y finalmente aumentaron de manera muy exponencial sus objetivos. Entonces, eso es lo que esperamos que ocurra en el caso español, que ya sea por las buenas o por las malas, forcemos a que haya un incremento de esta ambición climática en los instrumentos nacionales.

En caso de obtener una sentencia favorable, ¿Cuáles serían las consecuencias concretas para el Gobierno de España?

 Jaime: Según la Constitución española, la administración pública y todos los ciudadanos están obligados a cumplir con las sentencias judiciales. No es concebible que el gobierno se vaya a resistir a cumplir la sentencia, aunque sí está claro que va a intentar agotar todas las instancias. Pero tendrá que hacerlo, y tendrá que sentarse a echar bien las cuentas y buscar los mecanismos para llevar a cabo una evaluación de las políticas climáticas honesta, con alternativas, e incrementando mucho el nivel de ambición climática. Además, dentro de Europa, somos el Estado más vulnerable al cambio climático, entonces la adopción de medidas es una necesidad vital. Y el gobierno es consciente, pero a la hora de adoptar políticas que puedan afectar intereses poderosos económicos, agrícolas, ganaderos, o los que fueren, les tiembla el pulso y adoptan medidas intermedias muy tibias que luego ni siquiera es capaz de cumplir. Y eso es lo que pretendemos advertir con sentencias como la que estamos persiguiendo, demandas como la que hemos planteado que ponga el coto de esto.

¿Por qué es España el país más vulnerable al cambio climático?

 Jaime: Esto no es mi opinión, lo dice la propia Agencia Europea de Medioambiente, que hace la evaluación de los riesgos climáticos. Para ello utilizan ciertos parámetros, como el de la vulnerabilidad frente a sequías y fenómenos meteorológicos extremos. De estos últimos recientemente tuvimos el Filomena en el centro peninsular, la inundación de la cuenca mediterránea, la sequía extrema que ya trajo problemas de abastecimiento de agua potable -por ejemplo en Cataluña-, los eventos meteorológicos extremos en forma de tormentas tropicales en Canarias o en el litoral andaluz, entre otros. También se incluyen los megaincendios de sexta generación y la anticipación de los períodos de alto riesgo de incendios, que están empezando en marzo y terminando en octubre, los incendios que antes eran estivales.

Share.
Leave A Reply