La 9a sesión de negociaciones sobre el tratado en materia de empresas y derechos humanos, que tuvo lugar la semana pasada en la sede de Naciones Unidas en Ginebra, desvela las claves para luchar contra las asimetrías del actual orden global. Las negociaciones pusieron de manifiesto la relevancia de un tratado que se enfoque directamente en las empresas transnacionales, garantice una participación significativa de las partes afectadas en las deliberaciones y cuestione constantemente la posición de la presidencia y los estados del norte que representan una amenaza para el proceso de redacción en las Naciones Unidas.
En las últimas décadas estamos asistiendo a una creciente denuncia pública de los crímenes cometidos por empresas transnacionales (ETNs). Trabajo forzoso e infantil, bajas condiciones de higiene y seguridad, discriminaciones a empleados, violaciones de la libertad de expresión y asociación, vulneración de los derechos indígenas y las agresiones climáticas son algunas de las cuestiones que han sacudido a los consumidores del norte global, que continuamos preguntándonos de dónde vienen nuestros productos. Al otro lado, comunidades del sur global denuncian activamente las violaciones perpetradas por empresas transnacionales en sus territorios, que han tenido efectos devastadores en el bienestar humano y ambiental. Organizaciones como la Campaña Global, que reúne hasta 250 movimientos sociales, llevan años luchando contra el extractivismo, la explotación laboral y la destrucción ambiental causadas por las ETNs.
Aunque las ETNs operan a nivel global, no existe aún ninguna obligación a escala internacional que permita exigir las responsabilidad de las empresas matriz por estas violaciones de derechos humanos y ambientales. Las últimas dos décadas han sido acompañadas de episodios trágicos, como el derrumbe en 2008, en Bangladesh, del edificio del Rana Plaza dedicado a la manufactura y en el que murieron 1130 trabajadoras (mujeres en su gran mayoría). En este contexto, se han comenzado a desarrollar regulaciones regionales y nacionales de exigencia de determinadas responsabilidades empresariales en materia de derechos humanos, como la Directiva europea de diligencia debida que está en fase final de aprobación. No obstante, en su mayor parte se trata de regulaciones todavía muy confinadas a aspectos financieros, a determinados sectores considerados de especial riesgo (trabajo infantil, esclavitud moderna, minerales en zonas de conflicto, etc.) o que se centran en obligaciones de diligencia de las empresas, sin atribuir responsabilidad por la vulneración de derechos humanos a las empresas matriz ni imponer un efectivo control sobre la cadena de suministro o de valor. En 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, conocidos como Principios Ruggie. Los principios rectores establecen una guía, pero no establecen obligaciones en materia de derechos humanos por parte de las ETNs. De esta manera, las personas y comunidades afectadas permanecen estructuralmente desprotegidas ante violaciones perpetradas por las empresas transnacionales, mayoritariamente provenientes del norte global.
Hace ya nueve años, en junio de 2014, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó la resolución que establecía un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta (IGWG) con el mandato de elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre empresas transnacionales con respecto a los derechos humanos. El grupo de trabajo, presidido por Ecuador, se ha reunido este octubre por novena vez para discutir y acordar las cláusulas de un tratado que se convertiría en ley internacional.
Establecer un tratado internacional de Naciones Unidas es esencial para limitar la impunidad corporativa de las ETNs a escala global, y exigir su responsabilidad, no solamente en el plano financiero o de deberes de diligencia como se ha empezado a desarrollar en Europa, sino en el respeto de los derechos humanos y el medioambiente. Esto tendría implicaciones transversales, y supondría el acceso a la justicia y reparaciones por parte de las comunidades afectadas en todo el mundo.
Dada la relevancia de este tratado para la sociedad civil y las comunidades afectadas, desde 2014 las negociaciones han estado caracterizadas por una amplia presencia de movimientos sociales, sindicatos, y organizaciones de la sociedad civil que cada año se desplazan hasta Ginebra para dialogar con los estados y dar eco a su voz. Se trata, de hecho, de uno de los grupos de trabajo de las Naciones Unidas que más apoyo ha recibido en la historia.
En la novena reunión, la presidencia ecuatoriana, que viene fuertemente influenciada por la situación política del país, puso en la mesa una revisión del texto anterior con algunas renuncias importantes. El nuevo texto abría la posibilidad de incluir en el alcance del tratado empresas no sólo transnacionales, como venía establecido en la Resolución inicial 26/9. La inclusión de otras empresas no transnacionales dentro del tratado ha sido objeto de discusión desde sus inicios. Para los estados del norte, que son más reticentes a la idea de desarrollar un tratado sobre derechos humanos debido a su cultura de vigilancia exclusivamente financiera, bajo un posible tratado toda entidad debería de estar sujeta a estas regulaciones. Los estados del sur, como expresó el primer día Sudáfrica, denuncian que una expansión del alcance diluiría los efectos del tratado y hasta sería contraproducente, pues podría impulsar la ingeniería animando a que las ETNs crearan empresas locales formalmente autónomas para atribuirles la entera responsabilidad de sus violaciones. En tal contexto, se levantaron quejas lideradas por el grupo africano, que representa los 54 estados africanos, sobre la metodología de escritura de la presidencia, “poco democrática y transparente”.
La dialéctica entre norte y sur, sociedad civil y estados, movimientos sociales y corporaciones, habita en el esqueleto de este tratado, y latió también durante la novena ronda de negociaciones. El esbozo final de esta sesión revela algunas de las claves para entender cómo se desarrollará en un futuro. La presión desde los estados del sur consiguió mantener el alcance de un tratado limitado a las ETNs y el compromiso de la presidencia para una mayor financiación de reuniones intersesionales, con las que avanzar más decididamente en la redacción de la propuesta de tratado y que, además, son claves para la representación de los estados del continente africano. Otras discusiones derivaron en la inclusión de una perspectiva de género en las afectaciones provocadas por las ETNs.
Aunque estos avances abren esperanzas, la asimetría de poderes resulta manifiesta. Así, una de las decisiones adoptadas en esta novena sesión define que las consultas de la presidencia van a estar respaldadas por un grupo de cinco expertos elegidos por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Procesos anteriores han revelado que los expertos suelen provenir de altos cargos del norte global, que trabajan desde una perspectiva parcial y de corte colonial.
Si algo queda claro tras nueve años de negociaciones es que las voces de abajo se siguen expresando, y el objetivo de luchar contra la impunidad corporativa es aún latente. Por primera vez, después de casi diez años, se cuestionó la posición de la presidencia, se consiguió financiación y se mantuvo el alcance del tratado. Por otro lado, el sistema de las Naciones Unidas se encuentra en un momento crítico, donde decantarse por los intereses económicos de unos pocos no es un giro sorprendente. Resulta cada vez más fácil silenciar las resistencias, y por ende es cada vez más clave mantener procesos, como el de elaboración del tratado, donde las asimetrías de poder se encuentran en el centro de la cuestión.