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Cientos de miles de expedientes de nacionalidad española estancados. Ninguna solución para cientos de miles de personas que llevan años esperando, sin poder ejercer el derecho a voto ni ser funcionarias del estado.

Ahora que han pasado las elecciones catalanas estaría bien poner sobre la mesa el motivo por el cual más de 1 millón de personas no han podido votar, entre ellas hijas e hijos de inmigrantes que han nacido en este país.

El derecho a voto, según el artículo 23 de la constitución española, es un derecho universal que tienen los ciudadanos.

“Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.”

Dos apuntes; ¿Qué significa sufragio universal?

Según algunas definiciones, el sufragio universal sería el derecho a voto de toda la población mayor de 18 años sin excluir a nadie por condiciones de raza, sexo, situación social o procedencia.

En Catalunya, el pasado 14F han sido excluidas más de 1 millón de personas por motivo de procedencia o raza. Y digo raza porque las hijas e hijos de inmigrantes que nacieron en Catalunya y tampoco pudieron votar, ¿de dónde proceden?

El segundo apunte es el de la palabra ciudadanos, a qué se refiere la constitución cuando dice ciudadanos. Pues mira, en el punto número 2 del artículo 13 nos lo aclara. Parece que la definición de ciudadanos de la constitución lleva la contraria a muchos diccionarios, entre ellos la Real academia española que nos indica que ser ciudadano es ser natural o vecino de una ciudad.

“Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales. (Modificado por la Reforma de 27 de agosto de 1992)”

En el año 1978 se decidió que quienes pudieran votar fueran solamente los españoles. Algo comprensible si pensamos que el número de inmigrantes en España era casi inexistente. De hecho, los que eran inmigrantes en otros países eran los españoles.

Pero a día de hoy, hay millones de personas inmigrantes e hijas e hijos de inmigrantes que residen e incluso han nacido en España. Ciudadanas y ciudadanos que cumplen con todas las obligaciones, pero viven silenciadas en medio de una democracia. ¿No sería justo modificar las normas si la sociedad ha cambiado? Es totalmente contrario a la democracia que haya más de cinco millones de vecinas silenciadas, sin derecho a voto ni a ser votadas.

Como hemos visto anteriormente, la constitución nos indica que para ser ciudadana tienes que tener el carnet de nacionalidad española. Y este sería el motivo por el que no podemos votar, los inmigrantes no votan en España.
Es muy común ver comentarios en Twitter en las reivindicaciones para acceder al sufragio universal del tipo: “¡Pues pide la nacionalidad española y podrás votar!

Lo que realmente no se sabe, léase no interesa que se sepa, es que para “conseguir” la nacionalidad española hay que pasar por un laberinto infinito lleno de piedras y obstáculos. Estas últimas palabras se pueden traducir en trabas y racismo institucional.

Las personas que tramitan la nacionalidad española por residencia tienen que cumplir con 10 años de residencia legal e ininterrumpida en España. Si te vas un año, olvídate porque empiezas de cero. Los 10 años de residencia son obligatorios para todos menos para los países iberoamericanos, que serían dos años.

Para las personas nacidas en España, heredan el estatus legal de sus padres. Si no son españoles los padres, los hijos no serán españoles. Si los padres son regulares, los hijos son regulares y son irregulares pues estos serán también irregulares. Por lo tanto, nacer en España no significa adquirir la nacionalidad española de manera automática, la misma ley dice que la nacionalidad es Ius Saguinis, se transmite por sangre.

Así pues, nacidas o no hay que entrar en el laberinto burocrático infinito.

A día de hoy siguen habiendo retrasos de años en los expedientes de nacionalidad española. Y esto, solo supone problemas con los que tienen que cargar los solicitantes. Viven en tierra de nadie sin poder votar, ser votadas o incluso ser funcionarias del estado. Y si quieren acelerar su trámite, tienen que recurrir a un abogado y un procurador para tramitar un recurso contencioso administrativo. Los precios suelen superar los 500 euros por lo que muchas personas no se lo pueden permitir.

El atasco está presente desde 2012, según la página oficial del defensor del pueblo, siguen atascados más de 10.000 expedientes de 2015, 38.140 correspondientes al año 2016; 58.913 al año 2017; 50.600 al año 2018; 58.708 al 2019 y 50.115 (hasta el 30 de agosto de 2020).

El año 2012, el Ministerio de Justicia ideó un plan que iba a ser la solución del atasco, digitalizar los expedientes porque, hasta el momento, no estaban informatizados y los solicitantes no tenían ni tan solo un número de expediente para hacer seguimiento. El plan no se puso en marcha hasta el año 2016, de la mano de un cambio de ley de nacionalidad, si los extranjeros quieren obtener la nacionalidad española, deben someterse a dos exámenes en el Instituto Cervantes, uno de lengua y otro sobre “Conocimiento Constitucionalidad y sociocultural de España”. Exámenes que, por supuesto, son pagando. Y mi cabeza enseguida piensa en las familias pobres. ¿Tienen que pagar para conseguir este carnet de ampliación de derechos?

En el momento de la nueva ley, los exámenes eran también obligatorios para las personas que habían nacido en territorio español, las personas analfabetas o discapacitadas. Algo totalmente discriminatorio y excluyente para una persona que lleva toda la vida y/o décadas formando parte de este país y quizá se le esté cuestionando o sometiendo a una prueba que no puede realizar.

A finales de 2018, seguían sin resolverse más de 355.548 expedientes de nacionalidad española. Ninguna respuesta para casi medio millón de personas. Personas que sin la nacionalidad no pueden ser funcionarias. No pueden votar. Ni pueden ser votadas.

A fecha 31 de enero de 2020, según actualiza el Defensor del Pueblo, el número total de expedientes de nacionalidad por residencia pendientes de resolver era de 291.000.

Todo este colapso es debido a que solamente hay 30 funcionarios encargados de solucionar todos estos informes. Algo totalmente incomprensible e inaceptable para la cantidad de trabajo que hay, los años de espera y la repercusión negativa directa que tiene en las personas solicitantes.

Y ahora pregunto, ¿qué interés hay en que haya tan pocos funcionarios dedicados a resolver nuestros expedientes de nacionalidad española?

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  1. Hola buenos días, yo eh esperando 2/12/2015 para resolver exp. de nacionalidad y todavía nada .
    Eh enviado varios correo elec. y buró fax pero respuesta es mismo que no tenemos personal y material.Perecer que vivo 18 siglo ,o puede ser ministerio nadie controla!!!